Gebruers pidió jury al juez Rodríguez

El abogado santarroseño Omar Gebruers pidió el martes la conformación de un jurado de enjuiciamiento contra un juez de General Pico al que acusa de haber dictado una resolución contraria a derecho con la que perjudicó a su defendida y benefició a un profesional de esa ciudad. El juez denunciado es el juez en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, José Francisco Rodríguez.
El pedido del jury fue presentado el martes al mediodía en la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia. Junto con el pedido del jury, el abogado planteó una suspensión preventiva del magistrado. Gebruers encuadró su acusación en la figura del "mal desempeño de sus funciones" que contempla el artículo 21 de la Ley provincial 313 y sostuvo que el comportamiento del juez incurre en delitos del Código Penal argentino referidos a "abuso de autoridad y deberes de funcionarios públicos" (artículos 248 y 249), "prevaricato" (269) y "denegación y retardo de justicia" (273).

Desalojo.

En el año 1996, Amelia Edith Pacio adquirió el 50 por ciento de un campo indiviso cercano a Chamaicó, fracción de la que nunca pudo tomar posesión en razón de que se hallaba ocupado por otras personas.

Tras una serie de incidentes procesales -que demandaron más de una década-, el 10 de febrero de este año, el juzgado en la Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nro. 1 de General Pico, dictó la orden de ejecutar la sentencia de desalojo contra Ariel Emiliano Sánchez, ocupante del campo y quien había adquirido la otra mitad de la propiedad. Para ello, ordenó a la jueza de Paz de Rancul, Alicia Iris Ziegenfuhs, "hacer entrega del inmueble libre de ocupantes" a Pacio o a Gebruers y la facultó a convocar a un cerrajero y, de ser necesario, "hacer uso de la fuerza pública". Este proveído fue dictado por Oscar Melloni, quien reemplazaba a Rodríguez, en ese momento de licencia. La disposición debía concretarse el viernes 19 de febrero a las 8.00. Al día siguiente, Gebruers retiró del Juzgado el oficio de desalojo y el expediente.

El jueves 18 al mediodía "recibí en mi teléfono móvil un llamado de la Jueza de Paz de Rancul comunicándome que había recibido un llamado de una persona que le dijo ser el secretario del juzgado Nº Uno, comunicándole que suspendiera la diligencia fijada para el día viernes", manifestó Gebruers en la presentación que hizo ante el Superior Tribunal de Justicia. "La Jueza de Paz solicitó comunicación por escrito para suspenderla, ya que no podía confirmar la identidad de quien la estaba llamando. También comunicó la Jueza que había recibido un llamado de quien sería el doctor Julio Rubén Ballari, indicándole que se abstuviera de realizar la diligencia de desalojo ordenada".

Ese jueves, a las 13.00, la jueza de Paz, recibió el telegrama colacionado que había librado el Juez "y que el Secretario se había encargado de remitir con evidente urgencia", remarcó Gebruers.

Grave.

En su relato de los hechos, el abogado puso especial énfasis en aclarar que "hasta el día lunes 22 de febrero, el expediente de la ejecución de sentencia se mantuvo en mi poder, por lo que todas las decisiones que tomó el Señor Juez relacionadas con las medidas allí decretadas, fueron efectivizadas sin contar con el expediente y sin conocer el contenido del mismo, por lo menos de los escritos presentados por esta parte".

"Concretamente -abundó-, la constancia de fojas 57 del expediente de ejecución de sentencia Nº C 34.723/09, por el que el Secretario Guillermo Horacio Pascual, deja nota de la suspensión decretada en el incidente Nº E 34.866/10, fue inserta el día 18/02/10, siendo que dicho expediente de ejecución de sentencia se encontraba en mi poder".

Con ese antecedente, Gebruers sostuvo que "el juez resolvió entonces la suspensión de la medida decretada por el propio juzgado, sin contar con acceso material al expediente que suspendió".

"Resulta de gravedad absoluta, el hecho que la contraparte, concretamente el doctor Julio Rubén Ballari, haya tomado conocimiento del trámite y la orden de desalojo, que hasta ese momento eran de conocimiento exclusivo y excluyente de la actora y del juzgado".

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