El remisero detenido como principal sospechoso del crimen de Tatiana Kolodziey había sido condenado en 1998 a 24 años de prisión en la Capital Federal por haber violado como taxista a pasajeras jóvenes a las que previamente les robaba.
El juez de ejecución penal Axel Gustavo López fue quien concedió la libertad condicional a Juan Ernesto Cabeza, condenado a 24 años de prisión por cuatro violaciones, a pesar de que la fiscalía se oponía al beneficio, al menos hasta que se tuviera un informe psicológico y pisiquiátrico completo.
El juez López es el mismo que hace poco más de tres años declaró: ‘Estoy destrozado y me siento responsable’. ¿A qué se refería? A que le había otorgado salidas transitorias a Pablo Díaz, entonces condenado a 12 años de prisión por violación. En una de esas salidas transitorias, en 2009, Díaz violó y asesinó a su vecina, Soledad Bargna, de 19 años.
Díaz fue condenado a prisión perpetua por abusar sexualmente y asesinar de 26 puñaladas a Soledad. El padre de la víctima denunció al juez López y pidió su juicio político. El Consejo de la Magistratura rechazó el pedido y remarcó que ‘cumplió con la ley’.
El Consejo consideró que el juez ‘verificó con diligencia la concurrencia de los diferentes requisitos que prevé la ley pare la concesión de los beneficios reclamados por Díaz’.
El mismo juez volvió a encender la polémica cuando en junio de 2010 le concedió salidas transitorias a Ernesto Gabriel Gómez, condenado a 16 años de cárcel por el asesinato a Miguel ‘El Vasco‘ Lecuna, el marido de Georgina Barbarossa. ‘Me indigna y me preocupa, es el mismo juez que liberó a un violador‘, dijo en su momento la actriz.
El fiscal de Ejecución Penal de Buenos Aires, Jorge Andrade, aseguró que la causa de Juan Ernesto Cabeza, en la que había sido condenado por cometer tres violaciones anteriores a este caso, en el año 1996, en Capital Federal, pasó por su fiscalía. ‘Como en todos los casos de delitos sexuales, se pidió una pericia psiquiátrica -para otorgar o no la libertad condicional-. El juez de la causa, Axel López, no nos hizo lugar a la pericia, así que la fiscalía se opuso a la libertad condicional de este hombre que ahora está detenido‘, aseguró el fiscal Andrade.
Condenado en 1998
En 1998, Juan Ernesto Cabeza fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal 3 porteño a ocho años de prisión y, como tenía una sentencia a 16 años por otros hechos similares, se le unificó la pena en 24 años.
La última sentencia fue el epílogo de un dramático juicio oral y público en el que una joven de 18 años narró las circunstancias que le tocaron vivir el 10 de junio de 1995.
Esa madrugada, la adolescente se retiraba del local bailable ‘Chester Pub‘, ubicado en Zapiola y avenida de Los Incas, del barrio porteño de Colegiales, en un taxi que conducía Cabeza, a quien le solicitó que la trasladara hasta su domicilio.
Al llegar al destino y cuando la muchacha se aprestaba a pagar el viaje, el conductor le apuntó con un elemento que a ella le pareció un revólver, le quitó la cartera y luego la obligó a pasar al asiento delantero.
‘Pasá para adelante y tirate en el piso. Quedate tranquila que no quiero líos. No me gustaría tener que tirarte un tiro‘, dijo el taxista, según contó la joven, mientras comenzaba un corto recorrido hacia un lugar próximo, de escasa iluminación.
Allí el hombre la despojó de sus ropas y la manoseó para luego violarla, tras lo cual le exigió a su víctima que se bajara del vehículo y que sin darse vuelta caminara en sentido contrario al que estaba el auto.
Desesperada y llorando, la jovencita comenzó a tocar los timbres de las casas con el objeto de lograr auxilio, hasta que una vecina llamó a la Policía.
Durante el debate los camaristas Marcelo Avrutin Suárez, Miguel Angel Caminos y Rodolfo Ricota Denby escucharon los dichos de una decena de testigos y valoraron pruebas como los exámenes de ADN realizados en la bombacha de la víctima, que permitieron determinar que el semen encontrado era de Cabeza.
Durante una audiencia, sobresalió la soberbia del imputado quien, al ser consultado sobre si reconocía a la chica afirmó: ‘A ésa no la recuerdo’, admitiendo así su participación en otros hechos.
Por este caso, considerado ‘violación mediante intimidación en concurso real con robo simple‘’, Cabeza fue condenado a ocho años de prisión, sanción que se unificó con otra impuesta por el TOC 6.
Comentá la nota