El fiscal federal Carlos Gonella (foto), juntamente con su par subrogante de Villa María, Carlos Trotta, promovieron ayer una acción penal contra ex funcionarios de la Justicia Federal de Córdoba que actuaron durante la última dictadura, al considerarlos “partícipes” de un plan sistemático de exterminio.
Cómo se llegó
La resolución del fiscal Gonella se adopta en el marco de una causa que surge como derivación del caso UP1 y que fue promovida por el abogado Miguel Cevallos, cuyo padre es uno de los asesinados en esa Unidad Penitenciaria de barrio San Martín. En el Juzgado Federal Número 2 hubo una serie de apartamientos, por lo que llegó a hacerse cargo el juez de La Rioja, Daniel Herrera Piedrabuena. Este magistrado dispuso sobreseimientos apelados por la querella y que fueron revocados, por lo que la instrucción fue derivada (en los términos dispuestos por el artículo 196 del Código Procesal) hasta la intervención de Gonella.
Asimismo, solicitaron la ampliación de la promoción de acción contra Miguel Ángel Puga, ex juez federal 2 de Córdoba, y Antonio Sebastián Cornejo, ex procurador fiscal Federal 1.
Respecto de Puga, Gonella y Trotta proveyeron la acción penal por los delitos de “abuso de autoridad concursados realmente en calidad de autor; en concurso ideal con los delitos de homicidio calificado y aplicación de tormentos, concursados realmente y en calidad de cómplice secundario”.
En cuanto a Cornejo, se le solicitó la ampliación de la promoción de acción penal por los delitos de “incumplimiento de la obligación de promover la persecución penal, concursados realmente en calidad de autor; en concurso ideal con los delitos de homicidio calificado y aplicación de tormentos, concursados realmente y en calidad de cómplice secundario”.
En el caso de Haro, la promoción de acción penal es por los delitos de “encubrimiento; abuso de autoridad, concursados realmente y en calidad de autor; en concurso ideal con los delitos de aplicación de tormentos; abuso deshonesto y violación concursados realmente entre sí y en calidad de cómplice secundario”.
Respecto de Molina, la presentación fue realizada por los delitos de encubrimiento; abuso de autoridad, concursados realmente y en calidad de autor; en concurso ideal con el delito homicidio calificado en calidad de cómplice secundario”.
Finalmente, en relación a Otero Álvarez, la promoción de acción penal es por los delitos de “encubrimiento; abuso de autoridad; omisión o retardo de dar cuenta a la autoridad competente de una detención ilegal, en calidad de autor; en concurso ideal con los delitos de aplicación de tormentos; homicidio calificado; privación ilegítima de la libertad; allanamiento ilegal; violación; abuso deshonesto y aborto”.
Al fundamentar la presentación, los fiscales consideraron que los ex funcionarios “formaron parte del plan sistemático de exterminio del gobierno de facto, adaptándose al mismo, incluso antes del 24 de marzo de 1976, durante el gobierno de María Estela Martínez de Perón”.
Asimismo, indicaron que de los hechos registrados surge que los acusados “también tomaron conocimiento de homicidios cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad en contra de detenidos a disposición de los mismos por su rol” y precisaron que “estos homicidios calificados, además de encontrarse tipificados por el artículo 80.2 y 4 del Código Penal, se enmarcan dentro del plan sistemático criminal de eliminación llevado a cabo a través del Estado, antes y durante el denominado ‘Proceso de Reorganización Nacional’”.
Cómo sigue
“Esta acción penal nos dice que se ha venido trabajando, que la causa avanzó, y al mismo tiempo implica que ahora se tendrán que tomar las indagatorias a los acusados, para luego resolver su situación procesal”, dijo ayer una fuente de la Justicia que fue consultada por LA MAÑANA.
Y seguidamente añadió: “Con las pruebas, podrían dictarse los procesamientos, con o sin prisión preventiva”.
Tras destacar que los ex funcionarios acusados tomaron “efectivo conocimiento” de los homicidios cometidos contra detenidos por razones políticas a disposición de la Justicia Federal de Córdoba, “en algunos casos por medios periodísticos, en otros por comunicados oficiales del Ejército, en ningún momento se solicitó o inició investigaciones para indagar las causas de dichos fallecimientos”.
Gonella y Trotta señalan que “los magistrados y funcionarios cuyas responsabilidades penales se investigan... infringieron los deberes a su cargo”.
“En caso de haberse cumplido satisfactoriamente, hubieran manifestado la existencia de un control judicial sobre la actividad del aparato represivo que expresara intolerancia con el delito. Ello no fue lo que ocurrió: la tolerancia parece haber sido la regla”, agregaron.
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