El Agente Fiscal doctor Javier Alberto Ochoaizpuro, titular de la UFIJ Nº 2, solicitó en el día de la fecha (24-5-12) que se convierta en prisión preventiva la detención decretada para Maximiliano Burgio, en los términos del artículo 157 y siguientes del Código Procesal Penal, en la IPP 04-00-001617-12.
A Burgio se le imputa el delito de homicidio agravado criminis causa, previsto y penado por el art. 80, inc.7mo del Código Penal. En la misma IPP se encuentra imputado del delito de encubrimiento agravado, en los términos del art. 277, inc. 2do, ap “a” del Código Penal, Matías Spinosa, a quien se le concedió la excarcelación bajo caución juratoria, con fecha 2 de mayo de 2012.
El doctor Ochoaizpuro solicitó en la misma presentación, la fijación de audiencia en virtud de lo dispuesto por al art. 168 bis del Código Procesal Penal, y habiéndolo hecho en igual sentido la defensa de Burgio, ejercida por el doctor Silvio Acerbo, la Jueza de Garantías fijó su realización para el martes 29 de mayo de 2012, a las 11 horas, ocasión en que las partes podrán fundamentar la procedencia o improcedencia de la prisión preventiva solicitada.
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