Al final, Peres fue indagado a pesar de sus "chicanas"

El destituido presidente del Tribunal de Cuentas, Natalio Guillermo Peres, llegó ayer a las 9.30 al Juzgado de Instrucción 7 sabiendo que la indagatoria era inevitable. Antes había presentado una extensísima batería de recursos para eludir ese trámite, pero la jueza Florencia Maza no dio marcha atrás. Ahora, formalmente, el ex funcionario ya conoce los hechos por los que está imputado en la causa penal y la jueza puede avanzar sobre el eventual dictado de un procesamiento.
Peres aparece, prima facie, como uno de los responsables del mal control de una cuenta corriente del Instituto Provincial Autárquico de la Vivienda por donde, entre 1999 y 2003, se desviaron 960.456,21 pesos que se utilizaron para pagar viajes y fiestas y hasta artículos suntuarios para ex funcionarios. El imputado siempre ha dicho -cuando declaró como testigo en otro expediente y en un juicio oral y público- que su función no controlar esas cuentas y descargó culpas en los relatores, los empleados de menor rango dentro del TdeC.

En un breve contacto con la prensa, el ex presidente del Tribunal de Cuentas -que fue destituido por unanimidad por un jurado de enjuiciamiento por mal desempeño en el cargo- dijo ayer que desconocía la jurisdicción del Juzgado 7 y que no debía ser indagado porque no estaba firme un recurso que presentó contra la resolución de Maza de negarle el pase a archivo de la parte de la causa donde está involucrado.

Anteayer, a horas de la indagatoria, había vuelto a recusar a la jueza -ya lo había hecho antes sin resultados favorables- con el argumento de que hace unas semanas la denunció en el Juzgado de Instrucción 5 por el delito de prevaricato, es decir por el dictado de resoluciones contrarias a derecho.

El fundamento de la denuncia es cuanto menos extraño y contradictorio: Peres cuestionó a Maza porque cuando pidió ser indagado, ella dijo que recién lo citaría cuando la Corte Suprema de Justicia resolviera la queja con la que intentó que se revocara su destitución. A principios de junio, el máximo tribunal del país le denegó esa posibilidad. Por eso Maza había fijado, originalmente, la indagatoria para la semana pasada (Peres no fue porque, según la policía, no pudo hallarlo durante 48 horas para notificarlo).

¿Por qué se dice que el fundamento de la denuncia es extraño y contradictorio? Porque mientras denunció a la magistrada por no haberlo indagado cuando él quiso, por otro lado presentó recursos solicitando la suspensión de la indagatoria, y hasta argumentó que no debe ser indagado porque el jurado de enjuiciamiento ya lo juzgó, y lo condenó, por los mismos hechos por los que Maza lo imputó.

Sin embargo, la magistrada siguió adelante e indagó al ex presidente del TdeC -como sospechoso de haber cometido un delito- por considerar que esos fundamentos no eran válidos. Una calificada fuente tribunalicia, con muchos años en la profesión, describió así lo sucedido: "Si se aceptara el planteo de Peres, nadie sería investigado, porque cualquier imputado al que no le gusta lo que resuelve un juez lo denuncia y listo". Un detalle: entre las doce causales de recusación que prevé el Código Procesal Penal no figura la denuncia penal. Sólo puede recurrirse a esa causal antes del inicio del proceso y no durante él.

Jeroglífico jurídico.

El "enjambre" de recursos que presentó Peres, a través de su abogado Cesar Augusto Rodríguez -quien lo acompañó ayer al Juzgado 7-, no es de ahora, sino que viene de hace rato. El primer paso había sido requerirle a Maza que archive la parte del expediente que lo involucra penalmente. La jueza le dijo "no" y el ex titular del Tribunal de Cuentas la recusó por la causal de enemistad manifiesta -aunque sin ofrecer fundamentos sólidos-. La Cámara en lo Criminal 2 avaló lo actuado por la magistrada.

Después Peres apeló la denegatoria del pase a archivo ante el Tribunal de Impugnación Penal y recusó a su presidente, Pablo Balaguer. Este rechazó la recusación, cuestionó al imputado por intentar apartar a los jueces que no coinciden con sus puntos de vista y, además, confirmó que el caso no debía ser archivado.

El ex funcionario insistió y sostuvo que Balaguer actuó con "falta de ecuanimidad"; pero otros dos jueces del TIP (Carlos Flores y Gustavo Jensen) volvieron a decirle que "no" en mayo. Incluso Flores expresó -en otra crítica directa- que "llama la atención que tal solicitud sea posterior a una resolución que resultara adversa al peticionante".

No conforme con esos traspiés, Peres quiso ir por más y presentó un recurso de reposición. ¿Qué le respondió Impugnación? El cuerpo en pleno, es decir todos los jueces que integran el tribunal, sostuvo que la jueza instructora había actuado bien.

Posiblemente Peres no se quede con los brazos cruzados y continué repartiendo escritos a diestra y siniestra; más aún después de que Maza desechara ayer la recusación contra ella, no le aceptara la suspensión de la indagatoria y rechazara un recurso de reconsideración. O sea, en las últimas horas el imputado terminó de "disparar" toda la artillería jurídica... pero no tuvo puntería.

Después de la indagatoria, más allá de que el actual empleado de la Subsecretaría de Trabajo se haya acogido al derecho constitucional de no declarar, a Maza le quedó el camino libre para resolver si procesa o le dicta la falta de mérito a los seis imputados que tiene la causa: Peres, el destituido vocal del TdeC, Rubén Rivero (ver recuadro), y cuatro empleadas del Tribunal de Cuentas, la ex jefa de División Central, María de los Angeles Sarricouet de Rausch; la ex subjefa de la División Central, Marta Blanco de Contreras, la relatora que controlaba las rendiciones en el IPAV, Gladys Clement de Matus, y una pasante, Flavia Vargas. Las cuatro fueron indagadas en 2007.

Los memoriosos aún recuerdan cuando Clement, con tres décadas como relatora, dijo en un juicio que ella sólo tenía que chequear que los comprobantes de pagos se correspondieran con los comprobantes de gastos. O sea, si las columnas del debe y el haber coincidían, sin importar en qué se gastaban los dineros públicos.

La causa penal fue abierta por la jueza anterior del Juzgado 7, Verónica Fantini, en 2006, como una derivación de la megacausa del IPAV (por eso fue bautizado "hermana menor"), un caso que llevó a prisión durante 15 meses al ex vicepresidente ejecutivo del organismo, Hugo Agüero, y al ex gerente general Luis Araniz, quienes luego fueron condenados a cinco años de cárcel por los delitos de sustracción de caudales públicos y pago de coimas, ya que a través de las cuentas corrientes mal controladas por el TdeC se desviaron casi un millón de pesos.

Los hechos imputados

A Peres y Rivero se le imputan dos hechos: no haber controlado la cuenta recaudadora del IPAV 10.313/6 y dictar una resolución contraria a la Constitución provincial y a la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas, por la que se derivaron todas las responsabilidades de contralor en los relatores. Por eso ambos podrían ser procesados por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y prevaricato, respectivamente. Vaya paradoja: por este último delito, Peres denunció a su investigadora, la jueza Maza.

Rivero fue y habló

El ex vocal del Tribunal de Cuentas, Rubén Omar Rivero, a diferencia del ex presidente Natalio Peres, eligió hablar durante la indagatoria. Concurrió ayer a la tarde al Juzgado 7, se defendió de las imputaciones y respondió preguntas. La declaración ante la jueza Florencia Maza fue casi secreta, ya que los cronistas no pudieron ingresar al edificio del fuero penal de la Ciudad Judicial porque las puertas estaban cerradas.

Rivero -a cargo de la sala que controlaba las cuentas del IPAV- fue destituido junto a Peres por "mal desempeño de sus funciones, incumplimiento de los deberes inherentes al cargo, y negligencia reiterada demostrada en el ejercicio del cargo", ya que mostró "un absoluto desinterés en efectuar el control impuesto por la ley", lo que permitió una millonaria sustracción de fondos públicos. El ex vocal, al hablar ante el jury, dijo que "sería importante acordar claramente quién debe realizar los controles internos y quién los externos. Las auditorías las tiene que efectuar Contaduría y el Tribunal de Cuentas debe fiscalizar".

La Constitución dice que el TdeC "fiscalizará la percepción e inversión de las rentas públicas provinciales y las cuentas de las instituciones privadas que reciban subsidios, referidas a la inversión de los mismos", y la Ley Orgánica del TdeC que debe "intervenir en el control previo, y en el ulterior juzgamiento de las rendiciones de cuentas, de las operaciones financiero-patrimoniales de los poderes del Estado y de los organismos autárquicos o descentralizados, a fin de verificar la legitimidad de los trámites".

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