El Poder Ejecutivo de la provincia vetó parcialmente la última enmienda a la Ley 7.844, que establece la mediación prejudicial obligatoria. Alperovich suprimió tramos del articulado vinculados con el pago de bonos profesionales y la retroactividad de la norma
El Poder Ejecutivo (PE) introdujo tres cambios a la Ley 8.482 que sancionó el Poder Legislativo (con la mayoría oficialista) en la sesión del 29 de febrero pasado, según el decreto publicado en la edición de este martes del Boletín Oficial de Tucumán. El primero de ellos se limita a corregir la técnica legislativa con la que fue modificado el artículo 8 de la Ley 7.844, que suprimió la posibilidad de elegir al mediador (a partir de esta semana, todos los mediadores serán designados por sorteo). En este caso, el Gobierno advirtió que correspondía sustituir la cláusula completa y no sólo el segundo párrafo, como hicieron los legisladores.
En segundo término, el PE eximió a los mediadores y comediadores del pago de los bonos profesionales correspondientes al Colegio de Abogados, y a la Caja de Previsión y Seguridad Social para Abogados y Procuradores de Tucumán (la obligación persiste para los letrados de las partes) añadida al artículo 9 de la Ley 7.844. Por último, Alperovich consagró la irretroactividad de la enmienda al prever que el mecanismo anterior de financiación pública siga siendo aplicado a las mediaciones con monto menor a $ 10.000, en curso al momento de la sanción de la nueva norma.
Respecto de esta tercera cuestión, los parlamentarios alperovichistas habían distinguido entre casos concluidos con arreglo y sin arreglo. En el segundo supuesto, el Poder Judicial sólo estaba obligado a pagar emolumentos (equivalentes al valor de una consulta escrita sugerido por los colegios de abogados -en el presente, $ 1.500-) a los mediadores que hubiesen actuado con "debida diligencia" y observado "todas las obligaciones a su cargo". El gobernador entendió que correspondía eliminar dichas exigencias con el argumento de que el mediador siempre debe conducirse dentro de los parámetros mencionados y de que no existen pautas objetivas de desempeño para evaluar su actividad ni organismo que la califique. "(Esto) podría generar dificultades", aseveró Alperovich en el decreto del veto parcial.
Reglas y excepciones
Los cambios dispuestos en la etapa de promulgación de la Ley 8.482 no alcanzan, sin embargo, al aspecto central de la reforma: la decisión de que el financiamiento del sistema recaiga sobre las partes, salvo supuestos excepcionales (antes de la enmienda, el Estado abonaba los honorarios de los mediadores -siempre en función del valor aconsejado para la consulta escrita- en todos los casos sin monto o que tuviesen un monto menor de $ 10.000, haya o no arreglo).
En el nuevo mecanismo, los recursos públicos sólo cubrirán las retribuciones de las mediaciones cuando estas involucren a ciudadanos que actúen con asistencia letrada del Ministerio Público; beneficio para litigar sin gastos o patrocinio del consultorio jurídico gratuito del Colegio de Abogados de Tucumán o del Sur, y de la práctica tribunalicia de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán y de la Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino. El Poder Judicial también abonará los emolumentos si la mediación se cierra antes de la primera audiencia por causas no imputables al mediador, siempre que este haya cumplido todas las obligaciones a su cargo (en este supuesto, percibirá el 20% del valor de una consulta escrita). Si la mediación termina por el fallecimiento de una de las partes, después de que se hubiese celebrado una audiencia como mínimo, el Estado desembolsará el 100% del honorario previsto para el caso anterior.
Gracias y lamentaciones
Pese a que no pudo revertir la decisión política relativa a la financiación, el Círculo de Mediadores Judiciales de Tucumán -entidad con personería jurídica en trámite- elogió la noticia del veto parcial. "Es una enmienda que nos permite seguir adelante con la mediación. Tal y como ha quedado redactada, la norma final no tiene nada que ver con el primer proyecto (presentado por los legisladores alperovichistas Armando Cortalezzi, Roque Álvarez y Sisto Terán Nougués)", reflexionó Cecilia Rojo, secretaria del Círculo, en una conversación con LA GACETA.
La mediadora agradeció públicamente a las autoridades de la Cámara y del PE que escucharon los planteos del sector (la primera revisión de la iniciativa tuvo lugar en la comisión de Legislación General, que preside la parlamentaria oficialista Carolina Vargas Aignasse). El presidente del Círculo, Ricardo Vitellini, extendió ese agradecimiento al presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, Antonio Estofán, y a Daniel Posse, vocal de ese alto tribunal. Y añadió: "sigo lamentando que el doctor Estofán se niegue a recibir al Círculo, pese a la media docena de audiencias que oportunamente le solicitamos. Consideramos que muchos de los disgustos que ocasionó esta reforma se habrían evitado con el diálogo".
Tanto Rojo como Vitellini pidieron que haya un seguimiento de los cambios y que los próximos retoques legislativos sean consensuados con los interesados en el buen funcionamiento de la mediación. Apuntaron: "desgraciadamente no pudimos evitar que se recargue al ciudadano. Hay que ver qué efectos tendrá esta modificación que encarece la resolución de los conflictos para la mayor parte de la población".
Las estadísticas
Las últimas estadísticas que presentó el Centro de Mediación Judicial exponen la evolución favorable de la mediación prejudicial obligatoria: según Claudia Edith Montoya, directora de esta oficina de los Tribunales provinciales, en diciembre pasado concluyeron con acuerdo el 54% de los casos, mientras que el promedio de 2011 fue del 41% para la capital y del 49% para el sur (en agosto pasado, la misma funcionaria había calculado que entre el 26 y el 27% de los conflictos alcanzaba un arreglo antes de la judicialización).
Los plazos
La mediación prejudicial prevista en la Ley 7.844 es obligatoria en el fuero civil de los Tribunales tucumanos desde el 2 de mayo de 2011, tras un lustro de plan piloto y difusión de esta modalidad de resolución de conflictos alternativa a la judicialización.
Los números
La normativa primitiva estipulada que los honorarios de los mediadores (en los casos sin monto o con monto menor a $ 10.000) corrían por cuenta del Estado. El año pasado, $ 4,5 millones de la masa de recursos públicos fueron destinados a la mediación (el presupuesto de 2012 asignó a este rubro una partida de $ 2,6 millones).




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