Fertilización asistida: un fallo desató la polémica

La justicia autorizó a una mujer separada a usar embriones congelados para volver a ser madre, a pesar de la negación de su ex marido. En ese sentido, la abogada Nelly Espiño dialogó con CN23 y justificó la sentencia porque el hombre "se comprometió a futuro".

Un hombre deberá aceptar ser padre del hijo o los hijos que su ex mujer tendrá con embriones sobrantes del tratamiento de fertilización asistida que hicieron cuando estaban casados. Así lo confirmó un fallo de la Cámara de Apelaciones, según el cual “la paternidad es aceptada desde el momento en que el ‘Sr. S.’ accedió a hacer el tratamiento de fertilización asistida”.

La ex había presentado una demanda “en beneficio de los cinco embriones crioconservados”; el Sr. S. planteaba una “absoluta oposición y disconformidad” por “carencia de voluntad procreacional”; y un defensor de Menores asumió “la representación de las cinco personas por nacer”.

El dictamen de la Cámara advierte sobre la existencia de “vacíos legales”, por “falta de legislación sobre fecundación in vitro”; mientras tanto, destaca que “para la ley civil argentina se es persona desde la concepción” y sostiene que “también el concebido fuera del seno materno debe ser considerado persona”.

En otro orden, la abogada Nelly Espiña opinó en CN23 sobre la polémica sentencia y dijo que el hombre “tuvo un compromiso que debe cumplir”. “No nos damos cuenta que muchos derechos a tener padres generan obligaciones muy trascendentes que no pueden ser pisoteados por la voluntad”, agregó.

Y argumentó que este caso “es diferente a cualquiera otro” porque “hay uno de las partes que quiere tener el hijo”. Y añadió: “Hay prácticas que en nuestro contexto social serían tomadas como una discriminación”.

“Es una decisión trascendente la de generar vida humana. Hay proyectos en Diputados que creo que se tratarán en noviembre. Son temas que exceden este caso”, cerró.

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