Felpeto "da pelea" por la designación de los directores de "Carlos Paz Gas"

En duros términos, el intendente Carlos Felpeto resolvió, en las últimas horas, "vetar" la ordenanza que otorgaba la potestad de la designación de los directores de Carlos Paz Gas al Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz.
Buscando defender la posición y enmarcado en la disputa que mantiene con la oposición, el mandatario calificó la normativa como "insólita" y dijo que la actitud de los legisladores fue "sorpresiva", al tiempo que manifestó que "los miembros del Concejo que votaron la Ordenanza sin cumplimentar los mecanismos legales previstos en las normas, sancionando un nuevo proyecto que legisla sobre idéntico contenido de una norma antes vetada y no insistida, merece el mayor de los reproches, ya no sólo jurídicos, porque pudieron carecer de asesoramiento técnico adecuado, sino también políticos y éticos".

La decisión del titular del Palacio "16 de Julio" causó "malestar" en el seno del cuerpo legislativo, donde se especulaba con el nombramiento de Carlos Quaranta, Oscar Di Vico y Carlos Rosetti como una realidad "tangible". La disposición de Felpeto de disputar la designación planteó un problema institucional y promete un "encendido" debate entre el Ejecutivo y el Legislativo local.

Con argumentos firmes y ateniéndose a la disposición de la Carta Orgánica Municipal (COM), el área de Asesoría Letrada del municipio detalló que -tanto en materia jurídica como política- el veto se encuentra "más que justificado". Dentro del texto, también se expresa: "He de señalar simplemente y para conocimiento de aquellos concejales no versados en derecho, que si esa Ordenanza pretendía modificar el art. 3 de la Ordenanza 4494/05, es porque ésta existía y tenía plena vigencia, y por ende cualquier modificación como la que se pretendía, sólo podría tener valor para el futuro (art. 3 CC.) y no para el procedimiento de nombramiento de directores de Carlos Paz Gas S.A, ya iniciado con anterioridad al haber remitido el Departamento Ejecutivo la propuesta de los nuevos directores conforme la ordenanza en vigencia".

"(…) No obstante ello, peregrina e insólitamente y sin haber insistido el proyecto anterior, como mecanismo legal dispuesto para la sanción de las Ordenanzas, el Cuerpo Legislativo pergeña una maniobra que ofende la inteligencia, ya no de este Departamento Ejecutivo, sino de la comunidad toda a la que se dice representar, sancionando una nueva Ordenanza, la 5282, que deviene igualmente ilegítima, toda vez que posee idéntico (literal) contenido al de la ya vetada por este Departamento Ejecutivo, en cuanto al nombramiento, remoción y reemplazo de los directores de Carlos Paz Gas"; añade el escrito que llegó al Concejo de Representantes el último viernes.

En otro fragmento del veto, se considera que "esta tosca maniobra que, claramente, intenta sustraerse a los mecanismos de sanción de las ordenanzas establecidos en todo el plexo normativo vigente en el municipio, se encontró direccionada (con una supuesta sagacidad) a que pasara inadvertida por este Departamento Ejecutivo, para luego de su hipotética promulgación, proceder a la designación de los nuevos directores de Carlos Paz Gas S.A. por medio de un decreto o resolución del Concejo de Representantes (sin sanción de Ordenanza alguna) para sustraerse al veto que, como colegislador, se faculta constitucionalmente al Departamento Ejecutivo".

Consultado al respecto, el titular de Asesoría Letrada (a cargo de Carlos Lencinas), manifestó: "Desde esta perspectiva y analizando el plexo normativo en el que se encuentran inmersas las normas, se sostiene que nos encontramos frente a una Ordenanza (5262) vetada legítimamente (Decreto 304/DE/2010) que no ha sido insistida por el Concejo de Representantes, conforme los mecanismos previstos en la legislación vigente, motivo por el cual la sanción de una nueva norma (Ordenanza 5282) con idéntico contenido a la anterior, veda su tratamiento en las sesiones de este año, so color de incurrir en la sanción de una norma contraria a derecho e inconstitucional".

"Carlos Paz Gas es una sociedad comercial que actúa y lleva adelante su actividad social a través de los órganos societarios. Cada uno de los órganos de la sociedad (órgano de gobierno, órgano de administración, órgano de fiscalización y órgano de representación) posee sus propias competencias y atribuciones -otorgadas por la propia ley y por el estatuto-. Y es habitual que las sociedades comerciales, durante el tiempo de vigencia de las mismas, deban adaptar sus estatutos (…) Sin embargo, los cambios de este tipo, entre otros, van a requerir modificaciones en los Estatutos Sociales, siendo necesario someter a votación los acuerdos en las asambleas de accionistas (…). Por ello, la facultad que se arroga el Cuerpo Legislativo de modificar unilateral e inconsultamente el estatuto de una Sociedad Anónima de la cual forma parte la Municipalidad de Villa Carlos Paz, no encuentra debido sustento, en razón que ignora el procedimiento estatutario establecido por la ley para efectuar las modificaciones societarias que fueren menester".

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