El juez de control Marcelo Pagano dispuso ayer que Famela Ríos permanezca en prisión hasta la finalización del proceso judicial que se sigue en su contra por el delito de “Homicidio en grado de tentativa, con actuación por dolo eventual”, según la calificación preliminar realizada por el fiscal Héctor Aberásturi.
Famela Lorena Ríos, de 34 años, fue acusada de ser la autora del disparo que dio en el cuerpo de Lara Morena Lezcano (de 5 años), que se encontraba jugando sobre la calle 35, cerca de la intersección con la 6. En esa circunstancia, la niña recibió un impacto en el abdomen que se alojó en el codo, afortunadamente sin que afectara a ningún órgano vital.
El fiscal Aberásturi, pasadas las 9:00 de ayer, pidió la formalización de la investigación por “Homicidio en grado de tentativa con actuación por dolo eventual” y también solicitó la prisión preventiva de la detenida, considerando que la calificación del hecho contempla una expectativa de pena superior a los tres años de prisión.
Además, estimó que en libertad, Famela Ríos podría destruir pruebas aún no colectadas por la la Justicia, e intentaría ejercer influencia sobre los testigos para torcer en su favor las declaraciones, sin obviar en su argumentación la acción de algunos “amigos” de la acusada, que agredieron a periodistas el martes mientras se encontraban en Tribunales dando cobertura a la declaración de la mujer.
En su relato, Aberásturi dijo que en Citroen C-3, propiedad de Ríos, circulaba por la calle 35 “de Oeste a Este, a una velocidad aproximada de 80 kilómetros y detrás lo hacía una moto de 150cc, con “NN” masculinos que las ocupaban, en la parte de atrás iba una persona que esgrimió una escopeta, con la cual efectuó disparos contra el automotor que iba adelante. Ya pasando la encrucijada, se escucharon disparos de arma de bajo calibre que salieron del automotor color oscuro. Este ministerio fiscal solicitará que la calificación por la cual se está investigando a Famela Ríos sea la de homicidio simple por actuación con dolo eventual, en el grado de tentativa, en perjuicio de Lara Lorena Lezcano”.
Posteriormente, pasó a solicitar la presión preventiva en virtud de “que el delito que se le está imputando a la señora Ríos contempla una pena privativa de la libertad que supera el mínimo de los tres años de prisión, porque tiene una pena mínima de cinco años y cuatro meses, lo cual daría motivos para que la acusada se profugase.
“Exagerada”
Por su parte, Ortiz Zamora disintió “con el criterio valorativo del Ministerio Público Fiscal, toda vez que las pruebas recolectadas hasta el momento no permiten arribar a una calificación tan exagerada como la planteada”, que califica el hecho como tentativa de homicidio.
Estimó que su clienta “aparece como una presunta damnificada, víctima de esta agresión desproporcionada en la que incurren tres personas que se conducían en la moto, de las que lamentablemente no se tiene noticias (hasta ese momento), ya que la actividad investigativa no ha tenido la profundidad suficiente para tener acá (en Tribunales) a los responsables de los disparos que produjeron la lesión en la menor”.
El abogado defensor agregó que entendía que la calificación de homicidio en grado de tentativa no correspondía en dicho hecho, y que en todo caso podría discutirse una situación investigativa de abuso de arma con lesiones leves a una menor.
También se opuso al pedido de prisión preventiva porque dijo entender que la fundamentación del Ministerio Fiscal respecto a las posibilidad de fuga era “totalmente subjetiva”, por lo que sostuvo: “A tal punto, que mi defendida no ofreció ningún tipo de resistencia cuando la Policía la convocó para comparecer, como así también ante la entrega del vehículo, que presenta disparos múltiples en la parte trasera, lo que acreditaría que mi defendida fue atacada y no atacante”.
Insistió en que “los verdaderos autores del hecho no fueron detenidos aún”, ni son motivo de investigación y que el Ministerio Público Fiscal no se ha preocupado en tomarle, tan siquiera, alguna declaración.
Ortiz Zamora propuso, además, que la medida de prisión preventiva fuera “sustituida por otra medida coercitiva” que le permitiera a Ríos ser sometida al proceso, pero en libertad.
La prisión preventiva A su turno, el juez Marcelo Pagano, respecto a la figura penal explicó que hubo un intercambio de disparos de arma de fuego entre los vehículos, una moto tripulada por dos personas, y un automóvil. “Presuntamente, el disparo que hirió a la menor habría salido de el mayor de los rodados”, apuntó.
Advirtió que la figura penal “es grave” ya que se la califica como “Homicidio simple en grado de tentativa”, y que el Ministerio Público Fiscal deberá trabajar para mantenerla o, en todo caso, concluir que la figura a aplicar es otra, teniendo en cuenta la importancia que la intencionalidad del autor en este tipo de figura. “Quienes ejercemos esta profesión sabemos que se torna muy difícil comprobar la existencia de una tentativa de homicidio”, analizó.
Sobre la causa, agregó: “Merece una investigación y el análisis de las pruebas colectadas, pero aún estamos en una etapa incipiente de la investigación, porque hablamos de un hecho que se produjo hace apenas un día y medio (lunes a las 19 horas), por lo tanto es claro que todo es muy reciente. No tengo dudas de que en este hecho hay coautores, tres o cuatro, y que la Policía está en la búsqueda de los mismos”.
Resaltó que la calificación, en su carácter de provisoria, “más allá del arduo trabajo que tendrá la Fiscalía para sostenerla, considero que es pertinente y teniendo en cuenta que el mínimo excede los tres años de prisión, por lo tanto existe la necesidad de dictar la prisión preventiva hasta que finalice el proceso, porque además también hay personas que no han sido ubicadas y que es necesario conseguir mayores elementos de juicio para determinar la participación de cada una de las personas, incluyendo a la que hoy se encuentra en esta audiencia”.
El juez Pagano se refirió también a la agresión a los periodistas por parte de allegados a Famela Ríos. “Prima facie nos da el perfil de personas de las cuales se puede llegar a sospechar que ellos también pueden desarrollar algún tipo de actividad tendiente a impedir la investigación, lo que se puede potenciar ante la posibilidad de que recupere la libertad la persona que está detenida”, concluyó.
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