Las infracciones que ameritan el ‘canje’ de la licencia de conducir por la boleta del inculpado que se solucionan más fácil son la falta de Verificación Técnica Vehicular (VTV) o seguro, según dijo la jueza de Faltas Nora Serafino.
Desde hace unos meses, con este nuevo sistema, las irregularidades en el tránsito que merezcan el retiro de la licencia de conducir tienen multas con cifras exorbitantes: arrancan con el equivalente a 300 litros de nafta súper, o sea más de $ 1500.
Lo más barato, entre los siete casos más graves que se estipularon, es circular sin casco: la sanción ronda los $ 300.
La jueza Nora Serafino aseveró que “la afluencia de actas de comprobación al Juzgado es permanente y tiene un número constante durante el año, pero según la época se utiliza más la moto que en otros. También tenemos algunas infracciones que son típicas en la época de calor, como por ejemplo el derroche de agua o las malezas en lotes baldíos”.
Además, apuntó que “hace muy poco que tenemos la boleta del inculpado, que está prevista en las leyes nacional y provincial de tránsito, y nos la provee la Provincia. Esto reemplaza al registro de conductor cuando corresponde retenerlo en los casos que se amerita”.
“Las personas que conducen con alcoholemia positiva, con exceso de velocidad, sin casco, en contramano, que cruza en rojo, sin seguro o que circula sin seguro, pueden ser pasibles de que se retenga la licencia de conducir, que se reemplaza por esta boleta que lo habilita a seguir manejando por treinta días corridos”, detalló.
Serafino aseguró que “es alto el porcentaje de personas que tratan de regularizar la situación, sobre todo cuando se trata de la falta de VTV o seguro. Un tema distinto es la retención del vehículo, como ocurre con las motos, con lo que es más difícil y complicado que la gente regularice la papelería”.
Otras faltas
Por otra parte, la jueza de Faltas habló sobre las otras cuestiones que se atienden en su dependencia. “En el procedimiento de faltas, las sanciones son mayormente multas, las penas previstas. Esto es lo que se aplica en estos casos, si la situación amerita, porque también existe la amonestación y su aplicación depende de las circunstancias. Se trata de algo así como un llamado de atención.
Cada caso particular tiene un matiz distinto, no se puede establecer una regla distinta, porque no en todos los casos de derroche de agua, por ejemplo, se cobran multas, porque se evalúan las circunstancias particulares de cada situación”.
“No tenemos muchos casos de reincidentes, pero en general no lo son”, señaló.
Nora Serafino dijo que “las normas no prohíben baldear una vereda, sino que el tema fundamental es el uso medido del agua, porque si limpiamos con una manguera que permanece abierta media o una hora, ahí se produce el derroche. Pero si la tarea se cumple con un balde, se está teniendo cuidado”.
“Los automóviles no se pueden lavar en la vía pública, algo específicamente prohibido. No sería infracción si se utiliza un balde con un trapo, por ejemplo”, agregó.
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