Fallo judicial priorizó derechos laborales de trabajadores sobre intereses sindicales de la CTA

El fallo lo emitió la jueza laboral Miriam Cristiano, quien resolvió una medida cautelar contraviniendo una que había dictado en el pasado mes de septiembre, en relación al conflicto que desde mayo mantiene paralizada la planta Teltron, en el parque industrial de Río Grande.
La conciliación obligatoria no podía cumplirse por el enfrentamiento entre el gremio de STIPA y la firma, por lo que la jueza emitió una nueva resolución ordenando la reapertura de la empresa para garantizar 29 fuentes laborales que habían quedado como rehenes en medio del conflicto.

El conflicto se inició en el mes de mayo cuando fue despedido un trabajador que se negó al cacheo personal, que según los demandantes se realizaba desde hacía años, y que comenzó a ser punto de conflicto con el gremio de STIPA, que está respaldado por la CTA.

A partir de ello se generó un conflicto y huelga que paralizó la planta, por la cual los demandantes mÁs allá de no participar activamente de la protesta, se veían impedidos de acceder a su fuente de trabajo, intimando a la empresa a que cumpliera con su obligación de “dación de tareas”.

La conciliación obligatoria permitió retomar las tareas entre el 16 de junio y el 12 de septiembre, cuando la firma fue notificada en esa última fecha de la resolución de la jueza Cristiano por la que debía retomar a los trabajadores despedidos –los que habían impedido el ingreso a trabajar de sus compañeros-, lo que motivó que todos los cuadros jerárquicos y varios empleados amenazaran con renunciar si regresaban varias de estas personas.

Esto puso a la empresa en la imposibilidad de retomar tareas si renunciaba todo este conjunto de operarios, lo que llevó a estancar la situación en un cuadro de parálisis de la producción e incertidumbre total respecto del futuro de las fuentes laborales, hasta tanto se definiera la causa en los estrados laborales.

En razón de ello la juez laboral dictó el pasado 23 de noviembre una contra medida, a partir de una medida cautelar promovida por 14 de los 29 empleados que quedaron sin tareas, solicitando que se “garantice el derecho a trabajar” y “concluir el cierre provisorio” que puede derivar “en uno definitivo”.

Ante ello la jueza contravino su primer orden de restitución de los despedidos, por una orden a la empresa de “eliminación de todo obstáculo que impide la reapertura de la empresa” y reemplazó su primer decisión por la de un embargo preventivo sobre la fábrica por 485 mil pesos y de 145 mil pesos en concepto de eventuales inmdenizaciones y costas en relación al resultado final de la causa laboral con los despedidos.

Esto permitió que el pasado martes Teltron retomara su producción, sustentando la jueza su decisión en que “un derecho no puede conculcar otros” en relación al reclamo sindical por sobre el de los 29 trabajadores, destacando prioritarios “la percepción del salario y la naturaleza alimentaria del mismo”.

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