La Cámara Nacional Electoral aceptó la apelación del Frente para la Victoria que planteó que determinadas urnas no respetan la tendencia general. Ordena la apertura de ocho de las trece solicitadas.
Las mesas en cuestión son: 2, 4, 5, 7, 11, 12, 19 y 20, no haciendo lugar al planteo del Frente respecto de las otras urnas.
En el fallo de Cámara se menciona que “el tribunal no puede pasar por alto que el recuento de votos es viable en el supuesto de tratarse de marcadas o notorias diferencias – de forma concordante, consistente y reiterada- en un grupo de mesas identificable, respecto de la media de los resultados obtenidos en la división territorial determinada y de las cuales pudiera inferirse un efectivo error en la confección de la documentación de la mesa”.
En otro párrafo de la resolución agrega: “Si se observan los resultados consignados en la mesas 2, 4, 5, 7, 11, 12, 19 y 20, se advierte que, al aplicar el porcentaje promedio de votos obtenidos en las categorías nacionales, tanto por la alianza del Frente para la Victoria como por su contendiente –Unión para el Desarrollo Social -, la variación de los porcentuales con respecto a la categoría local en disputa es llamativamente notoria”
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