La Facultad de Derecho presentó 11 objeciones

Los operadores de Justicia muestran así sus diferencias. El presidente del STJ intenta que se apruebe su proyecto "a libro cerrado", lo que fue considerado una "falta de respeto" por el mundo académico.
Los representantes del mundo académico del Derecho presentaron ayer sus objeciones al proyecto de reforma del Código de Procedimiento Penal (CPP) de la provincia que vienen motorizando el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial y el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Carlos Rubín. El ministro Fernando Niz se opuso taxativamente a este proyecto, en tanto que Guillermo Semhan no se pronunció.

Los académicos plantearon once objeciones al modelo en estudio, al tiempo que se rechazó rotundamente la propuesta de que sea aprobado a libro cerrado, como habría sugerido un alto representante de la Justicia provincial.

En una audiencia en la Cámara de Diputados realizada ayer, expusieron en distintos momentos los doctores Jorge Buompadre, Gabriela Aromí, Fernando Carbajal, Rita Mill de Pereyra, Roberto Abel Mendíaz y Rafael Scarlón, entre otros. También en la misma audiencia expuso el defensor del Pueblo, Miguel Alegre, quien fue el primero en brindar sus opiniones.

En detalle, algunas de las once objeciones son las siguientes:

* Juicio Oral Penal: el modelo en trámite mantiene la existencia del expediente escrito como vehículo de transmisión de información al Juez. En la iniciativa de Inecip y Facultad de Derecho el expediente desaparece. Sostienen que la oralidad en la audiencia es el único medio de transmisión de información de las partes hacia el Juez.

* Investigación: el modelo Rubín-Magistrados-STJ- mantiene la investigación burocratizada y escrita y no resuelve los problemas de relaciones del Ministerio Público Fiscal (MPF) con la Policía. La Facultad de Derecho e Inecip desformaliza la investigación y establece criterios de actuación del MPF.

* Policía: el modelo Rubín-STJ-Magistrados incorpora la Policía Judicial sin indicar naturaleza, financiamiento, tipo de organización, etc. El proyecto Inecip-Facultad de Derecho habla de la Policía de Investigación, soslayando la ya superada discusión sobre Policía Judicial.

* Bilateralidad: el modelo Rubín-Magistrados mantiene criterios arcaicos y burocratizantes como perito de oficio. El Inecip y FD incorpora los valores de bilateralidad plena.

* Gestión: el modelo Rubín-Magistrados no contempla medida de gestión que permita hacer funcionar en la realidad los institutos constitucionales. Puro voluntarismo normativo sin práctica. En el modelo Facultad de Derecho-Inecip se contempla un sistema de administración y gestión integral que permite en la realidad implementar el funcionamiento de los institutos.

* Recursos Humanos: el modelo Rubín-Magistrados incorpora Tribunal de Casación Penal, creando una superestructura burocrática. El modelo de la Facultad de Derecho e Inecip propone crear Tribunal Penal Único, para dividir por circunscripción judicial.

* Víctima: el modelo Rubín-Colegio Magistrados contempla participación sólo de modo formal y declarativo. Facultad de Derecho e Inecip propone la participación sin necesidad de pedirlo desde el inicio del proceso y se la reconoce como un sujeto activo del mismo con derechos procesales y sustanciales.

* Duración del Proceso. El modelo Rubín-Magistrados no tiene cambios en este sentido. Los plazos son ordenatorios y su incumplimiento no genera consecuencia alguna, lo cual lleva a procesos interminables. El proyecto Facultad de Derecho-Inecip dice que todos los plazos incluidos los judiciales, son perentorios. Estipula un máximo de dos años. Y seis meses para la investigación preliminar prorrogable hasta un año. Son plazos máximos que el juez de garantías debe abreviar.

* Restricción de libertad: el modelo Rubín-Magistrados mantiene el trámite escrito y burocrático con previsiones en abstracto (pena eventual más 3 años). En el proyecto Facultad de Derecho-Inecip se resuelven en audiencia oral y pública y se evalúan los riesgos cautelares en el caso concreto. Se incorporan como pautas el riesgo de la víctima y la vulneración de los derechos de alto valor social.

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