Se extendió hasta el 22 de febrero, inclusive, del año en curso, el receso. Administrativo dispuesto por el decreto N°718/12, en cuyo transcurso regirá el horario de labor de la administración pública provincial- con carácter excepcional- de 8 a 12 horas. Para los docentes, el receso se extiende hasta el 15 de febrero.
Y los siguientes organismos del MInisterio de Cultura y Educación: Dirección de Niveles (Inicial, Primaria, Secundaria, Superior), Jefatura Departamentales (tecnica, Especial, Educacion Permanente, Privada), Direccion de Administración, Direccion de Personal, Planeamento Educativo, Coordinación de Educación Artistica, UPPE, y comedores escolares y centro de Actividades Juveniles, Estudiar en Verano y Escuelas Abiertas, quienes dispondrán las medidas necesarias para la oportuna aplicación del decreto. Para el personal docente, dicha medida se extiende hasta el 15 de febrero.
La medida gubernamental tiende, según lo señala en su considerando, que los organismos del estado (centralizados, desconcentrados, descentralizados y autárquicos), deben otorgar a su personal la licencia anual reglamentaria en el período que establece esta medida.
También se significa que como es habitual en esta época del año, resulta conveniente establecer un horario de labor en la esfera estatal acorde con las necesidades reales de la actividad administrativa durante el receso, con el propósito de obtener una significativa disminución en los costos operativos derivados del normal funcionamiento de las oficinas públicas.
Comentá la nota