Exigen celeridad en la ley de paritarias provinciales

Hoy se tratarán dos proyectos de negociaciones colectivas en el Senado provincial. La AEP pide rapidez en su evaluación para avanzar con los reclamos salariales.
Sin dudas que uno de los pedidos más urgentes de la masa de trabajadores de la administración pública es la discusión de las cuestiones salariales en paritarias. En la jornada de hoy se tratarán dos proyectos en el Senado de la Provincia, uno para el sector docente y otro para el resto de la administración pública.

Desde la Asociación de Empleados Públicos de la Provincia (AEPP) y los distintos gremios de la docencia vienen exigiendo celeridad en el tratamiento de los proyectos de ley que en la actualidad están en la cámara alta provincial.

El titular de la AEPP, Roberto Thompson, comentó a “época” que han colaborado con el proyecto que hoy se encuentra en el parlamento correntino. “Hicimos mucho para que las paritarias puedan ser una realidad en la provincia. Esperemos que los legisladores actúen con rapidez para poder empezar a discutir las recomposiciones salariales con el Ejecutivo y no haya más decisiones unilaterales como hasta ahora”, comentó el gremialista.

Estos proyectos contemplan negociar no sólo salarios sino también condiciones laborales; una vez transformado en ley esto tendrá el mismo peso que un convenio colectivo de trabajo, se deroga el arbitraje obligatorio y se incorpora la figura de la conciliación obligatoria; es sólo durante este período que los sectores no podrán realizar huelgas, paros o medidas de acción directa, pero el derecho a huelga no se les quita a los trabajadores.

En el caso de los docentes, hasta el momento no contaba con un marco normativo apropiado, son las negociaciones colectivas entre la provincia de Corrientes, en su carácter de empleador, y las asociaciones sindicales docentes legalmente constituidas.

Por su parte, en el caso de los agentes de la administración pública, las negociaciones colectivas que se lleven a cabo entre el Estado provincial y las asociaciones sindicales representativas de los trabajadores se regirán por la presente ley (en el caso de aprobarse)

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