Desde enero a octubre, las multas a comercios por incumplimiento de la Ley de Lealtad Comercial y la denominada Ley de Talles alcanzan los 3.029.200 pesos en la Provincia. Desde ADDUC y DEUCO atribuyeron la situación a la falta de controles estatales y la poca información que los ciudadanos tienen sobre sus derechos.
La suma total de las multas alcanzó los 3.029.200 pesos, de los cuales el 51 por ciento fue por violaciones a la norma que establece “controles de obligatoriedad en la exhibición de precios, en la diferencia de valores entre góndola y caja, en el contenido neto de los productos y de publicidad engañosa”, según lo establece la Ley de Lealtad comercial, por cuyo incumplimiento se aplicaron sanciones que, en lo que va del año, ascienden al millón y medio de pesos.
Por su parte, los representantes de la Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores (ADDUC), Osvaldo Bassano, y de Defensa de Usuarios y Consumidores (DEUCO), Pedro Buseti, coincidieron en que “es muy frecuente escuchar reclamos de la gente porque no se cumple lo pautado”, al tiempo que destacaron que este tipo de cuestiones se hacen “más notorias en las grandes cadenas de supermercados”.
“La falta de correspondencia entre el precio de la góndola y lo que cobran en caja ya es algo normal. Lamentablemente, lo que faltan son más controles por parte de los organismos nacionales y de Provincia porque si fueran controles de oficio, las sanciones serían mucho mayores”, señaló Buseti.
En tanto, Bassano también atribuyó este hecho a que existen “falencias” en cuanto al derecho a la información de los consumidores ya que hay muchas cosas que “no se respetan” pero que, a la vez, “el común de la gente desconoce”.
Los comerciantes dedicados a la venta de ropa ocuparon el segundo lugar entre los sancionados ya que este rubro sumó un 29 por ciento de las multas, lo que significó para el sector un total de 880.550 pesos. En ese caso, se debió a que quebrantaron la norma que los obliga a ofrecer prendas de todas las tallas en su stock.
En este sentido, el titular de la cartera provincial, Martín Ferré, consideró que este tipo de procedimientos tiene como único fin “defender al consumidor” y “generar un vínculo” con los comerciantes basado en la “toma de conciencia y la responsabilidad social”.
De acuerdo a los datos del Ministerio, en muchos de los locales comerciales no respetaron “la marcación numérica en las prendas (la Ley ordena ubicar los talles del 38 al 48), la colocación del pictograma que indica a qué medida corporal corresponde cada una de ellas y la cantidad de prendas correspondiente a todos los talles”, algo que fue respaldado por las denuncias que, según ratificó Bassano, se repiten en boca de los consumidores.
“Con la Ley de talles sigue habiendo muchas irregularidades porque no se fabrican todos los que se debería y tampoco hay una plaza para la producción. Otra cuestión es que se ha desvirtuado la numeración y nunca se sabe cuál es cada talle”, afirmó el titular de la filial de ADDUC de Lanús.
Según indicaron desde el Ministerio, en materia de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), la penalidad económica llegó a 535.550 pesos y representó el 17% del total. Esta norma tiene por objeto la protección al consumidor o usuario, es decir todas aquellas personas que contratan un bien o servicio para su consumo final. En tanto que por violaciones a la Ley 19.511 de Metrología Legal (encargada de verificar pesos y medidas) se multó a comercios por 64.100 pesos.
Las multas
Una vez que se determina la aplicación de una multa por no respetar la Ley de Lealtad Comercial y la de Metrología Legal se notifica al infractor, que tiene un plazo de diez días hábiles para abonarla o apelarla.
Si es apelada interviene la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que puede confirmar la sanción totalmente, parcialmente o revocar la multa. Por infracciones a las Leyes de Defensa del Consumidor y de Talles interviene el fuero Contencioso Administrativo.

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