La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó ayer el procesamiento con prisión preventiva por el delito de “asociación ilícita” del ex titular de la Policía Metropolitana Jorge «Fino» Palacios, en la causa de las escuchas telefónicas en la cual también está procesado el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri.
El fallo de Casación acelera los tiempos de la investigación, ya que agota la vía recursiva en el camino hacia el juicio oral y público en la causa en la que también están procesados Macri, James y los ex jueces de Misiones que autorizaron las escuchas, entre otros. Los magistrados recordaron que “el procesamiento no puede ser impugnado por vía del recurso de casación”, por lo que en teoría podrían haberlo rechazado sin más tratamiento, pero atento a que Palacios está detenido resolvieron adentrarse en el análisis de las apelaciones.
En ese sentido, la jueza Ledesma opinó sobre las razones por las cuales fue rechazada la excarcelación de Palacios (peligro de entorpecimiento de la investigación) que “las condiciones fácticas no han variado, máxime cuando aún restan medidas por producirse y todavía no se sabe a ciencia cierta cuántos abonados telefónicos han sido interceptados utilizando el mecanismo investigado en autos”.
“La instrucción se encuentra en pleno trámite; de hecho se amplió el procesamiento del imputado, y las condiciones personales de Palacios aún pueden poner en riesgo los fines del proceso”, indicó la jueza.
A ese voto, que contó con la adhesión —con sus fundamentos— del juez Riggi, se opuso la jueza Catucci, invocando el fallo de la Corte Suprema que en noviembre de 2001 terminó con la prisión preventiva del ex presidente Carlos Menem en la denominada «causa Armas».
“Al igual que ocurriera en dicho precedente, en el fallo recurrido las afirmaciones de los magistrados no aparecen sustentadas en la valoración de los elementos de prueba reunidos en los autos principales”, dijo la jueza.
En ese sentido, criticó que no fue analizado “ninguno de los agravios que la defensa alegó en cuanto a los elementos del tipo penal seleccionado para sustentar la ampliación del procesamiento” de Palacios.
El juez Riggi zanjó la cuestión argumentando que el fallo que rechazó la excarcelación de Palacios y ratificó su procesamiento por asociación ilícita “no constituye sentencia definitiva o equiparable a ella por agravio de tardía o imposible reparación ulterior en los términos de la inveterada jurisprudencia de este Tribunal, lo que obsta la admisibilidad formal de la impugnación”.
Pese al rechazo de la apelación de Palacios, el fallo resolvió “tener presente la reserva del caso federal”, esto es la posibilidad de apelar incluso ante la Corte Suprema de Justicia.


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