Surge del proyecto que tiene sanción en la Cámara baja nacional. La modificación a la ley 19.945 implicaría que los empleados públicos certifiquen el día posterior del sufragio y ante su jefe, que emitieron el voto. Preocupación gremial.
En el artículo 8 del proyecto aprobado en Diputados se sustituye el 127 de la ley 19.945 (t.o. decreto 2.135/83) y sus modificatorias, para quedar redactado: “Constancia de justificación administrativa. Comunicación. Los jefes de los organismos nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales expedirán una constancia, según el modelo que establezca la reglamentación, que acredite el motivo de la omisión del sufragio de los subordinados, aclarando cuando la misma haya sido originada por actos de servicio por disposición legal, siendo suficiente constancia para tenerlo como no infractor.
Todos los empleados de la administración pública nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipal presentarán a sus superiores inmediatos la constancia de emisión del voto, el día siguiente a la elección, para permitir la fiscalización del cumplimiento de su deber de votar. Si no lo hicieren serán sancionados con suspensión de hasta seis (6) meses y en caso de reincidencia, podrán llegar a la cesantía.
Los jefes a su vez darán cuenta a sus superiores, por escrito y de inmediato, de las omisiones en que sus subalternos hubieren incurrido. La omisión o inexactitud en tales comunicaciones también se sancionará con suspensión de hasta seis (6) meses.
De las constancias que expidan darán cuenta a la justicia nacional electoral dentro de los diez (10) días de realizada una elección nacional. Estas comunicaciones tendrán que establecer el nombre del empleado, último domicilio que figure en su documento, clase, distrito electoral, sección, circuito y número de mesa en que debía votar y causa por la cual no lo hizo”.
Opinión gremial
Consultado sobre esta modificación, el secretario General de la Central de Trabajadores de Argentina (CTA) Paraná, Ricardo Sánchez, confesó “no conocer en detalle” la iniciativa. No obstante, advirtió: “Es, mínimo, una barbaridad, porque el voto si bien es obligatorio es una cuestión personalísima, nadie puede estar controlando más que las autoridades electorales. Pero no un jefe superior de un trabajador, que es un jefe político, eso es una vulneración de todos los derechos individuales del ciudadano y de los trabajadores, es muy peligroso”.
El dirigente opinó, además, que se trata de “un acto de discriminación y seria parte de una persecución un mobbing en la faz laboral”.
“En Argentina la única autoridad de contralor son las autoridades electorales en el proceso electoral. Si después alguien no ha ido a emitir un sufragio se hacen las instrumentaciones de los casos en particular ante la Justicia pero de ninguna manera es hacerlo ante un jefe, laboralmente hablando”, concluyó en diálogo con Recintonet. (RecintoNet)


Comentá la nota