Uno de los fundadores de La Salada y actual administrador de Urkupiña, Enrique "Quique" Antequera, destacó el valor que tiene la flamante norma bonaerense para poder regularizar y dar mejores condiciones al trabajo en los predios feriales
Ferias internadas
"La ley comprende a las Ferias Internadas, Multipunto o Cooperativas que contemplen la instalación de más de 6 locales internos dentro de un mismo predio destinados a la venta de mercaderías, al por mayor o menor, de cualquier rubro, ya sean explotados por sus propietarios y/o inquilinos y/o concesionarios y que en su conjunto se encuentren ligados contractualmente a un único responsable habilitante del predio. Mientras que quedan exceptuados los establecimientos en forma de galerías comerciales y las ferias que se declaren de interés municipal o lo sean como complemento de un evento especial autorizado u organizado por el Municipio". De esta forma, para solicitar la habilitación municipal, las ferias deberán contar con una "pre-aprobación," expedida por la Autoridad de Aplicación provincial, dentro de un plazo de treinta días, a contar desde que se encuentren acompañadas la totalidad de la documentación y cumplidos los requisitos exigidos. Así, la Provincia creará, un registro donde deberán inscribirse los municipios que soliciten la pre-aprobación para la instalación de una nueva feria. La norma informa, además, que no podrán instalarse nuevas "ferias Internadas Multipunto o cooperativas de comerciantes" en municipios de menos de cincuenta mil (50.000) habitantes; tampoco lo podrán hacer en zonas donde no se cuente con servicios públicos esenciales como agua corriente y cloacas". Tampoco podrán establecerse locales en espacios públicos cuyas tierras pertenezcan al dominio de la Provincia de Buenos Aires.
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