Elecciones primarias: dos fallos para que el gobierno provincial festeje

Por un lado el STJ le da la razón al gobierno para que se hagan el mismo día y en las mismas escuelas las elecciones provinciales y nacionales. Por otro, la justicia federal dijo que el que no vote en agosto no podrá hacerlo en octubre.
La Sala Primera de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia revocó íntegramente la sentencia mediante la cual la jueza de primera instancia María Cristina Retamar de Ardoy había declarado la inconstitucionalidad de los artículos 1 y 4 del Decreto Nº 1.479/11 del gobierno provincial. A raíz de este fallo, el decreto que dispone la convocatoria a elecciones primarias, abiertas y simultáneas en la provincia de Entre Ríos se encuentra plenamente vigente.

El Poder Judicial dio a conocer la resolución dictada el lunes por la sala del STJ que preside Claudia Mizawak y que integran como vocales Carlos Chiara Díaz y Juan Ramón Smaldone, que hace lugar al recurso de apelación planteado por el gobierno provincial contra el fallo favorable al amparo presentado por la candidata a concejala de Sergio Varisco, Natacha Massera.

Especialmente, Massera criticaba que sea “la misma autoridad” de comicios y de escrutinio la que intervenga en dos instancias electorales de características absolutamente distintas: una instancia de primarias nacionales, obligatoria para los candidatos a presidente y a diputados nacionales, aun cuando se trate de una sola lista y también obligatoria para el elector; y la otra interna abierta y simultánea regulada por Ley Castrillón que es optativa para el elector y de la que participan solamente los partidos y categorías que tienen internas. La candidata radical remarca la situación de confusión para la ciudadanía y de falta de transparencia para el proceso al darse la situación que en un mismo cuarto oscuro puedan encontrarse las boletas de esos procesos electorales disímiles.

Se puede votar el mismo día en las mismas escuelas

En su voto, Mizawak aseguró que no advirtió que la decisión cuestionada resulte "manifiestamente arbitraria e ilegítima" y consideró que la vía del amparo no era la adecauda para cuestionar actos de naturaleza electoral.

También sostuvo que "si la propia accionante considera que se afecta el derecho de un partido político, -valga la obviedad- el legitimado para cuestionar tal norma es justamente el partido político y no una ciudadana, afiliada o precandidata por el mismo".

Además sostuvo que "la actora, siquiera menciona cuál es la norma que considera vulnerada limitándose a efectuar consideraciones genéricas, conjeturales, todas referidas a los derechos de los partidos políticos, y la Sra. Magistrada en su resolución tampoco expresa cuáles serían los motivos del quebranto constitucional, ambas omisiones conspiran inexorablemente contra la viabilidad de esta acción".

Chiara Díaz adhirió al voto de Mizawak, mientras que Smaldone hizo uso de la facultad de abstención.

El voto de agosto más obligatorio que nunca

Las elecciones generales primarias abiertas y obligatorias de la Argentina suman un nuevo punto y es que el que no asista perderá el derecho de votar en las elecciones generales de octubre. La jueza federal electoral porteña, María Romilda Servini de Cubría, recordó que las elecciones primarias del 14 de agosto son obligatorias por lo que aquella persona que no vote y no justifique debidamente su ausencia, tampoco podrá votar en las elecciones generales del 23 de octubre.

Para justificar la ausencia, tal como lo establece la legislación vigente, la persona deberá recurrir a la delegación más cercana de la Cámara Electoral Nacional con un certificado médico o una denuncia policial por encontrarse a más de 500 kilómetros de su domicilio. La medida también favorecería las intenciones del urribarrismo, que, de pegar la boleta con Cristina Kirchner, tendría asegurado el "arrastre más la participación" de la mayoría del electorado, lo que mostrará las verdaderas cartas que tiene cada jugador sin necesidad de encuestas.

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