El Ejecutivo prorrogó la fecha de pago hasta el 8 de mayo

La decisión fue adoptada por la Gobernadora el pasado 9 de febrero. De acuerdo a lo establecido en el convenio, TFEQ debió haber cancelado la segunda cuota de compra anticipada de gas el 27 de diciembre de 2011. Si bien el convenio original fue ratificado por ley, la modificación de la condición de pago fue dispuesta sin intervención de la Legislatura.
Tierra del Fuego Energía y Química fue beneficiada por el Ejecutivo con una prórroga de 90 días hábiles para cumplir con la obligación de pago prevista en la cláusula 2.2.2 del convenio de suministro de gas de regalías, la que comenzó a correr desde el 8 de febrero.

De acuerdo a lo dispuesto en el decreto 310/12, TFEQ recién deberá hacer efectivo el depósito de los cerca de 30 millones de dólares correspondientes a la segunda cuota de la compra anticipada de gas el próximo 8 de mayo.

La empresa debió haber afrontado ese desembolso a favor de la Provincia el 27 de diciembre del año pasado, pero por ese entonces TFEQ notificó a la secretaría de Hidrocarburos su decisión de no cumplir en tiempo y forma ese compromiso. En función de ello, desde esa Secretaría se notificó a la firma que se aplicarían los intereses por mora estipulados en el convenio. Además, el titular de esa cartera, Omar Nogar, precisó que a partir del 27 de diciembre había comenzado a correr “el plazo máximo de 60 días para que paguen”, porque “el convenio dice que si no pagan se rescinde el convenio, y ésa es una cláusula de aplicación automática”.

Pero antes de que se agotara ese plazo, la gobernadora Ríos dispuso “prorrogar por 90 días corridos el cobro del pago por adelantado” que debía hacer TFEQ, e “intimar a la empresa referida al pago de los intereses devengados (…) con más los que se devenguen en el futuro”. La decisión fue publicada en el Boletín Oficial el viernes 17 de febrero.

¿Prórroga legal?

La decisión política de la Gobernadora de prorrogar por 90 días corridos el cobro del pago por adelantado que debí hacer TFEQ en cumplimiento de lo dispuesto en el convenio de suministro de gas de regalías plantea alguna duda en cuanto a su validez legal.

Teniendo en cuenta que en el convenio rubricado entre el Poder Ejecutivo y la empresa fue aprobado por ley, da la impresión que cualquier modificación que se pretenda disponer sobre las condiciones allí contempladas debería también contar con la correspondiente aprobación legislativa, extremo que en este caso no se certifica.

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