Durísimo golpe contra Sotelo y la llamada mayoría automática

La contundencia de los argumentos del más alto Tribunal de la República fue casi un tiro de gracia a la cuestionada cúpula tribunalicia local.
Fuerte repercusión en el mundo tribunalicio y político causó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Csjn) que hizo lugar al recurso de hecho que en su momento planteara el doctor Fernando Carbajal, como Fiscal de Estado de la provincia de Corrientes, y dejó sin efecto la sentencia del STJ que declarara la nulidad de la incorporación a la Constitución de los cargos de Defensor General y Asesor, manteniendo la del Fiscal General, y que fuera pedida por este último para impedir la asunción en el cargo de quienes habían sido propuestos por el anterior Gobernador, los doctores Jorge Semhan y Aromí, ambos funcionarios de carrera del Poder Judicial. La Csjn tuvo durísimas consideraciones sobre la actuación del STJ (voto de Farizano, Rubín y Codello) y contra el fiscal Sotelo.

A más de cuatro años de que el Superior Tribunal actuara en sintonía con las pretensiones del fiscal general, César Sotelo, emitiendo un controvertido fallo declarando la nulidad de parte de la reforma constitucional, finalmente el más alto Tribunal de la Nación revocó en todas sus partes la sentencia impugnada, ordenando el reenvío de la causa a Corrientes para que el Superior Tribunal, con otra composición, esto es con la integración de ministros subrogantes, proceda a emitir un nuevo fallo con estricta sujeción a las observaciones realizadas por el alto Tribunal.

En su momento, el Superior Tribunal, por tres votos contra dos, no sólo dispuso la aludida nulidad de la reforma, sino además a posteriori denegó el recurso extraordinario cerrándole al Estado provincial el camino a la Corte, obligando con ello a que la Fiscalía de Estado interpusiera el recurso de hecho que es el que ahora se resolvió.

En los hechos, la decisión del Tribunal, cuya mayoría estaba conformada por los ministros Farizano, Rubín y Codello, con la oposición de Fernando Niz y Guillermo Semhan, fue el primer desaire al sistema político correntino extrañando sobremanera que la cúpula tribunalicia borre de un plumazo lo que escribieron por unanimidad absoluta todos los diputados constituyentes.

La Corte, en su meduloso fallo tiene conceptos particularmente críticos para con la Justicia provincial (ver nota aparte) al punto que le reprocha haber reescrito ella misma parte de la Constitución, no sin antes expresarse en durísimos términos, algo inusual para la Corte.

La Justicia, con este fallo y con posteriores investigaciones ordenadas sobre ambas cámaras del Parlamento local, en la llamada causa de los ñoquis, terminó divorciándose irreconciliablemente con el establishment político, aunque dicho divorcio recién hizo crisis con el entredicho público del pasado 1 de septiembre, cuando en plena avenida Costanera, el Fiscal General tuvo conceptos altamente lesivos para el Presidente de la Cámara de Diputados, con el que hizo causa común la unanimidad del cuerpo que avanzó en acciones concretas tendientes a poner límites al avance desordenado que se registra sobre el sistema político provincial.

La Corte se pronunció en un fallo, calificado de histórico, que no sólo tiene párrafos desusadamente fuertes, sino que extrañó su extensión de quince páginas, y fue refrendado por la totalidad de los ministros del alto Tribunal.

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