Dudas sobre la interpretación de la ley de municipios

Dudas sobre la interpretación de la ley de municipios
El viceintendente de la capital entrerriana se refirió a la ley que regula el funcionamiento de las comunas. Afirmó que "tiene una infinidad de baches". Comentó que buscan "pautas comunes" entre autoridades de distintos municipios
Este jueves se desarrolló otra reunión en el marco de las jornadas de tratamiento del marco jurídico de los municipios entrerrianos. Al respecto, el viceintendente de Paraná, Gastón Grand, consideró que “se trata de abordar el tratamiento de la ley Nº 10027 que regula el funcionamiento de municipios. Esta norma a poco de haber sido sancionada, fue modificada por la Nº 10082. Así se cambiaron 44 artículos, o sea que se modificó más del 25 por ciento de la ley”.

Asimismo, sobre la iniciativa, consideró que "tiene una infinidad de baches que generan no pocos problemas y lleva a que cada municipio haga la interpretación que entendió más razonable que no es mala, pero de alguna manera con esta jornada con concejales y actores del ejecutivo buscamos establecer pautas comunes, de manera de tomar decisiones en el mismo sentido”.

De igual modo, sobre el rol de los viceintendente, el funcionario comunal admitió que la figura “no está clara”. En esa línea, explicó que “la ley define una fórmula presidente y vicepresidente municipal y las atribuciones y deberes de cada una de las dos figuras. Eso está escrito pero incompleto y genera dudas”. A su vez, Grand señaló que si bien “se asimila la figura del presidente a lo que venía siendo”, respecto a la figura nueva del vice “está claro que administra o gerencia el departamento legislativo, pero deja posibilidades sin definir del todo y cada una de las ciudades viene haciendo un juego diferente”.

Además, el funcionario municipal comentó que en la capital entrerriana “la relación política es una coyuntura que nace del acuerdo con el gobernador Sergio Urribarri y el vice está más abocado a la función legislativa”. Sin embargo, en otras localidades esta misma función se desplaza a otras áreas, por ejemplo “como articuladores entre las secretarías o presentando proyectos en el concejo”.

No obstante, añadió que incluso esta forma de entender la ley puede llegar a generar “contradicciones” con las cartas orgánicas que dicten los municipios, por lo que remarcó que “esto abre deberes y signos de interrogación acerca de cómo interpretar situaciones jurídicas que se dan todos los días”.

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