Los docentes titularizados deberán comenzar mañana a cumplimentar los trámites previos

Los docentes titularizados deberán comenzar mañana a cumplimentar los trámites previos
Una mesa de seguimiento analizará los casos especiales que escapan a lo tratado en la reglamentación de la ley de titularización.
REQUISITO. El primer paso será completar la solicitud de confirmación en la que constará su situación profesional.

Publicado el 12/02/2012 - A partir de mañana, los docentes que luego de la sanción de la ley de titularización el año pasado cambiaron de revista, deberán realizar los trámites establecidos en la reglamentación, para concretar su nueva situación de revista en la administración educativa de la provincia.

El primer paso lo realizarán en sus respectivos establecimientos escolares, donde deberán tramitar la correspondiente planilla de solicitud de confirmación, para ser presentada ante las autoridades superiores.

“Los docentes interinos deberán presentar en su escuela el pedido de confirmación de su cambio de revista, a partir del 13 de febrero de 2012 y por el término de 60 días corridos. En la solicitud deberá describir su situación personal y presentar la declaración jurada de cargos. Se analizará cada caso y se confirmará su titularización”, según lo hicieron saber integrantes de la Mesa de Diálogo que el año pasado tuvo participación directa en el proceso de recategorización docente.

Datos a consignar

La mencionada solicitud tiene el carácter de declaración jurada, y además de los datos personales, se deben consignar otros datos de acuerdo con el siguiente cuestionario:

He sido designado en cargos/horas cátedras del primer grado del escalafón respectivo en carácter de interino. Cantidad de cargos ..... / horas cátedras...

Registro al 31 de diciembre de 2011 el ejercicio activo de los cargos y/u horas cátedras cuya confirmación solicito en carácter de titular.

No registro información y/o investigación sumaria.

Registro Información y/o investigación sumaria pendiente de resolución condicionado el proceso de confirmación a la resulta de la misma.

No percibo ni estoy en condiciones de percibir beneficio provisional directo.

Cumplo las normas de Compatibilidad de cargos, de acuerdo con la Ley Nº 6077.

Reúno las condiciones de aptitud psicofísica para el cargo.

Revisto en carácter de interino con una antigüedad en la suplencia de 5 (cinco) años o más de antigüedad al 31 de diciembre de 2011/ Revisto como suplente y el titular del cargo ha titularizado en cargo de mayor imputación presupuestaria por Ley Nº 7053.

La implementación de la ley sancionada a finales del año pasado por la Cámara de Diputados de la provincia, que dispone la titularización de los docentes interinos, contará con el seguimiento de una comisión especial, que incluso analizará casos especiales que se vayan presentado durante el proceso.

El propósito es que el proceso sea lo más transparente posible, y que no queden dudas en ningún docente de la provincia, según aseguraron los integrantes de la Mesa de Diálogo al aprobarse la ley.

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