¿Puede una persona determinar la forma de morir, si es que entiende que su forma de vida resulta indigna? La pregunta, con un fuerte trasfondo filosófico, volvió al debate público luego de que la madre de una niña de 2 años reclamó a legisladores nacionales la sanción de una ley que autorice el retiro del soporte vital y permita una muerte digna a su hija, quien permanece en estado vegetativo desde su nacimiento, internada en un centro de salud de la ciudad de Buenos Aires.
En declaraciones periodísticas, la diputada afirmó que su proyecto sobre “Voluntades Anticipadas" se basa en la posibilidad de que "la persona –en el caso de los menores deben ser los padres– puede ir ante el Ministerio de Salud y declarar qué son las cosas que no quiere que se hagan para sobrevivir en caso de que tenga un accidente o algún evento de salud que esté cercano a la muerte". De este modo, la persona determinaría previamente cuáles son las maniobras o acciones médicas que no quiere soportar.
“Por ejemplo –especificó–, resucitación, traqueotomía, etcétera. Eso se dejaría establecido en un documento de voluntades anticipadas y esos documentos deberían ser consultados obligatoriamente por los profesionales al momento de atender a una persona en condiciones en que corre riesgo su vida. Este proyecto está en la comisión de Constitucionales junto a otro que corresponde al diputado Hugo Marcucci, que en lugar de delegarlo en el Ministerio de Salud, lo hace en un documento de escritura pública”.
Vale destacar que el proyecto de Gutiérrez fue presentado hace tres años y en la primera ocasión perdió estado parlamentario porque no fue tratado durante dos años. La legisladora volvió a presentarlo hace un año y actualmente se encuentra en la comisión de Asuntos Constitucionales.
Para la diputada del SI, las demoras se deben a que "hay muchos tabúes, con todo lo que tiene que ver con la muerte. Hay temas que lindan lo religioso y muchas veces son algunos sectores ligados a la Iglesia los que ponen obstáculos o directamente diputados pertenecientes a sectores religiosos que oponen algún tipo de resistencia para poder discutir estos temas".
NEUQUÉN Y RÍO NEGRO
La ley rionegrina (2008) establece que “toda persona que padezca una enfermedad irreversible en estado terminal tiene derecho a manifestar su rechazo a los procedimientos quirúrgicos, de hidratación, de alimentación y de reanimación artificial cuando éstos sean desproporcionados a las perspectivas de mejoría y produzcan dolor y sufrimiento”, dice la ley provincial.
De igual manera, en Neuquén en 2008 se aprobó una ley provincial a favor de la muerte digna, que en su artículo 4 dice que “considerando que al respeto por la vida corresponde el respeto por la muerte, los pacientes tienen derecho a decidir en forma previa, libre y fehaciente, la voluntad de no prolongar artificialmente su vida a través de medios extraordinarios y/o desproporcionados”.
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