Diputado Cabrera : “Hay picardía política o ignorancia de los apoderados del Frente Amplio”

El apoderado del Partido Justicialista, Armando Felipe Cabrera, sostuvo que “la afirmación de proscripción con la cual se trata de victimizar el arco opositor se cae por su propio peso de inconsistencia jurídica. No existe tal cosa, lo que en realidad hay es una picardía política o en su defecto una supina ignorancia de las leyes electorales por parte de los apoderados legales del denominado Frente Amplio”.

Las afirmaciones de Cabrera surgen a partir de los dichos de dirigentes opositores ante un fallo del Tribunal Electoral Permanente, donde se exceptúa a algunos partidos de llevar candidatos nacionales, opinando sobre el particular el dirigente peronista que al sub-lema FpV “también se excluyo a ocho partidos de conformar el Lema PJ”. Pidió “sensatez” a la dirigencia opositora, y de “no lanzar tamañas acusaciones carentes de todo lógica y sustento legal”.

Insensato

“Eso de proscripción que se afirma es tan inexacto como insensato, carente de todo soporte jurídico. Y a esta altura no se si se trata de una picardía política al querer aparecer como una suerte de victimas, o simplemente ignorancia de los asesores legales de los partidos que conforman la alianza opositora”

Explicó que “los partidos que han sido excluidos, como también los hay ocho en filas del sub-lema Frente para la Victoria del lema Partido Justicialista, tiene que ver con que indefectiblemente todos deben disponer de una unidad jurídico pre-existente. Y este vínculo jurídico arranca con las primarias abiertas, obligatorias y simultáneas”.

Sostuvo Cabrera que “la ley 26571 señala que necesariamente que el que no participa en las elecciones primarias o de participar y no alcanzar el 1,5% de votos, no pasa a la segunda etapa, es decir a los comicios generales de octubre. En consecuencia, los partidos exceptuados son de orden provincial o porque no han participado en las primarias, por lo que pueden intervenir en la esfera de la provincial como sub-lema del partido que tiene mayor cantidad de afiliados”.

Abundó diciendo que “esto quiere decir que en el caso del Frente para la Victoria, donde se excluyeron ocho partidos, los mismos sólo pueden participar en los cargos provinciales; y para el caso de la oposición han sido excluidos cinco partidos, los cuales también pueden participar en los cargos del orden local, como sub-lema del radicalismo o partido propio, quedando claro la tacita aplicación de la ley para todos y de manera igualitaria”.

Resoluciones

Significó Cabrera que “está claro que se vienen aplicando resoluciones de acuerdo a lo que marcan leyes y los informes producidos por el Juzgado Federal que expresamente dispone que no pueden participar los partidos que no intervinieron en las elecciones primarias ni los que superaron el 1.5% de votos, según lo dispone la Ley 26571. No se trata de una ocurrencia del TEP (Tribunal Electoral Permanente), sino de informes provenientes de la justicia nacional, y de la misma Cámara Nacional que ha sentado jurisprudencia clara”.

Comentá la nota