Se destraba la aplicación del Código Urbano en la Ciudad

La Suprema Corte levantó la medida cautelar que frenaba la vigencia del Código Urbano de La Plata y abrió el camino para que esa norma entre en vigencia. Se normalizaría así la actividad de la construcción
La Suprema Corte bonaerense dejó ayer sin efecto la medida cautelar que había dictado hace dos meses y a través de la que había suspendido la aplicación del nuevo Código de Ordenamiento Urbano de nuestra ciudad. Y dispuso que la norma entre en vigor cuando el Poder Ejecutivo provincial publique en el Boletín Oficial el decreto habilitante del Código; una medida que se concretaría en los próximos días.

La resolución judicial era esperada con particular expectativa en diversos ámbitos profesionales y empresarios locales vinculados a la construcción, ya que la suspensión del Código -la norma que regula las edificaciones, entre otras disposiciones urbanísticas- había generado una fuerte paralización de esa actividad.

El máximo tribunal de Justicia provincial dispuso el fin de la suspensión del Código en una resolución en la que estableció plazos, además, para que la Municipalidad lleve a cabo una serie de adecuaciones de la norma al contenido del mencionado decreto del gobernador Scioli, y para que adopte diversas medidas vinculadas a disposiciones municipales vigentes y a compromisos asumidos por la Comuna en el marco de este proceso judicial.

Estas decisiones se dieron en el marco de la causa abierta hace tres meses por un recurso presentado ante la Corte por tres entidades ambientalistas -Biósfera, Nuevo Ambiente y Hoja de Tilo-, que plantearon la presunta inconstitucionalidad de la ordenanza 10.703, sancionada por el Concejo Deliberante un año antes y que compendia el nuevo Código de Ordenamiento Urbano de la Ciudad.

FUNDAMENTOS

En la resolución votada ayer por la totalidad de los integrantes de la Corte -Eduardo Pettigiani, Daniel Soria, Luis Genoud, Hilda Kogan, Eduardo De Lázzari, Juan Carlos Hitters y Héctor Negri-, el tribunal consideró sustancial para disponer el levantamiento de la suspensión de la norma el contenido del aludido decreto del Ejecutivo provincial, en el que, al tiempo que aprobó el Código municipal, estableció una serie de observaciones a varios de sus artículos para su adecuación a la ley provincial de Uso del Suelo.

Asimismo, la Corte valoró en su resolución los compromisos asumidos por el Municipio, con base en una propuesta del Colegio de Arquitectos de la Provincia (Distrito I, La Plata), en orden a dos puntos centrales: la preservación del patrimonio arquitectónico de la Ciudad; y la adecuación del Código al citado régimen de uso del suelo.

Así, con relación a los bienes catalogados como patrimonio histórico o arquitectónico de la Ciudad, el tribunal estableció que todo cambio o intervención en esos inmuebles sea aprobado "por norma o acto emanados de autoridad competente, precedidos de estudios técnicos suficientes, entre los cuales deberá contarse con el dictamen del Consejo Unico de Ordenamiento Territorial". Y dispuso que ese Consejo, previsto en una ordenanza dictada por el Concejo el año pasado, deberá ser puesto en funcionamiento dentro del término de treinta días.

Y con relación a la adecuación del Código Urbano a la ley de Uso del Suelo en base a los términos del decreto provincial, la Corte dispuso que la Municipalidad lleve a cabo esa tarea en un plazo de 120 días.

LA ENTRADA EN VIGOR

Más allá de esas disposiciones y plazos, el tribunal dispuso taxativamente "dejar sin efecto" el punto de la medida cautelar dictada hace dos meses en el que le ordenaba al gobierno provincial no "oficializar" el decreto mediante el que aprobada el nuevo Código platense, "a los fines" de que éste "entre en vigor una vez publicado ese decreto en el Boletín Oficial de la Provincia".

Y en el punto 4 de la resolución, ordenó "dejar sin efecto" la suspensión de la aplicación del nuevo Código "en atención a los compromisos" asumidos por la Municipalidad y "bajo la observancia" de las disposiciones contenidas en la resolución de la Corte.

Vale señalar que el abogado de las ong's ambientalistas demandantes en esta causa, José María Di Gregorio, se comunicó anoche con este diario para señalar que las entidades "interpretan que la Corte mantiene vigente la medida cautelar hasta que no se concreten las adecuaciones y medidas" que el tribunal dispuso en esta resolución.

Pero fuentes judiciales consultadas por EL DIA señalaron que, "como lo dice la parte resolutiva de la Corte, el Código entrará en vigor cuando se publique en el Boletín Oficial el decreto provincial, debiendo ser aplicado, por supuesto, teniendo en cuenta tanto los términos de la ordenanza municipal como las observaciones de la norma que dictó el Gobernador".

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