Establece un Régimen de Regularización de Deudas con el Estado Provincial. Incorpora las obligaciones vencidas al 1 de enero de 2005. Los recursos obtenidos financiarán la promoción del desarrollo industrial y la generación de empleo a través del FODIN. RÚBRICA.
La propuesta incluye las obligaciones vencidas que hayan entrado en mora antes del 1 de enero de 2005 y abarca a las deudas que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial. Los recursos que se obtengan serán destinados a financiar el desarrollo del comercio y la industria y la generación de empleo a través del Fondo de Desarrollo Industrial.
“Tras un profundo proceso de desendeudamiento del Estado Provincial, encarado a partir de la refinanciación de la Deuda Pública con el Estado Nacional, la disminución paulatina de la Deuda Flotante y la propensión a una discusión y resolución administrativa de controversias, evitando Deuda Contingente con mayores costos a partir de la instancia judicial, el Ejecutivo considera fundamental avanzar con el desendeudamiento de las familias y los sectores en Corrientes”, remarcó el Gobernador en la nota de elevación del proyecto.
El proyecto tiene como objetivo generar una alternativa que permita a los usuarios de distintos servicios prestados por el Estado, cancelar sus deudas y regularizar su situación; contemplando ciertos requisitos y condiciones particulares.
Una vez reglamentado el Régimen, se suspenderán por 180 días corridos todas las acciones judiciales o las ejecuciones de sentencias de las obligaciones incluidas en el esquema propuesto, siendo el Ministerio de Hacienda y Finanzas el organismo de aplicación de la ley.
Condiciones
y beneficios
El proyecto del Poder Ejecutivo establece que el deudor deberá desistir de toda acción para poder así acceder a los beneficios previstos en el esquema propuesto. Estos beneficios incluyen la condonación de intereses punitorios; la reducción de los intereses moratorios al treinta 30% del capital inicial (nominal y a valores históricos); una conversión ventajosa para las obligaciones nominadas en dólares estadounidenses (relación de un dólar estadounidense igual a tres pesos); y eliminación de cláusulas de ajustes del capital (Coeficiente de Estabilización de Referencia o Coeficiente de Estabilización Salarial).
El Régimen de Regulación de Deudas sugerido implica la posibilidad que la deuda pueda cancelarse de contado o bien a partir de alguna de las opciones previstas en los Planes de Facilidades de Pago, siendo el Ministerio de Hacienda y Finanzas la autoridad de aplicación.
Estos Planes de Facilidades incluyen la cancelación de la deuda en 60, 48 o 24 meses, con un pago inicial de acuerdo al plan elegido e intereses anuales del 36%, 24% y 18% respectivamente. A menor extensión del plan de pago, menor es el interés anual.
Visión del Gobernador
“Vale aclarar que estos Planes de Facilidades incluyen condiciones adicionales que diferencian a los deudores respecto de usuarios o contribuyentes que han mantenido una relación regular con el Estado y sus organismos, sin haberse transformado en deudores”, aclaró el Gobernador en la nota de elevación.
“El Gobierno Provincial reconoce así el esfuerzo y la responsabilidad de quienes se han mantenido al día con sus obligaciones; no obstante lo cual propone un esquema que permita a los deudores regularizar su situación, en condiciones accesibles conforme el actual contexto nacional e internacional”, explicó el Mandatario provincial.

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