Desendeudamiento interno para generar recursos propios

Establece un Régimen de Regularización de Deudas con el Estado Provincial. Incorpora las obligaciones vencidas al 1 de enero de 2005. Los recursos obtenidos financiarán la promoción del desarrollo industrial y la generación de empleo a través del FODIN. RÚBRICA.
EL PROYECTO SE ENVIÓ EL VIERNES PASADO AL LEGISLATIVO. El gobernador de la Provincia, Ricardo Colombi, envió el último viernes a la Cámara de Senadores un proyecto de Ley por el cual se establece un Régimen de Regularización de Deudas con el Estado Provincial, replicando en familias y distintos sectores de la economía un esquema de desendeudamiento que les permita afrontar, de un modo más accesible, las deudas pendientes con el Estado.

La propuesta incluye las obligaciones vencidas que hayan entrado en mora antes del 1 de enero de 2005 y abarca a las deudas que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial. Los recursos que se obtengan serán destinados a financiar el desarrollo del comercio y la industria y la generación de empleo a través del Fondo de Desarrollo Industrial.

“Tras un profundo proceso de desendeudamiento del Estado Provincial, encarado a partir de la refinanciación de la Deuda Pública con el Estado Nacional, la disminución paulatina de la Deuda Flotante y la propensión a una discusión y resolución administrativa de controversias, evitando Deuda Contingente con mayores costos a partir de la instancia judicial, el Ejecutivo considera fundamental avanzar con el desendeudamiento de las familias y los sectores en Corrientes”, remarcó el Gobernador en la nota de elevación del proyecto.

El proyecto tiene como objetivo generar una alternativa que permita a los usuarios de distintos servicios prestados por el Estado, cancelar sus deudas y regularizar su situación; contemplando ciertos requisitos y condiciones particulares.

Una vez reglamentado el Régimen, se suspenderán por 180 días corridos todas las acciones judiciales o las ejecuciones de sentencias de las obligaciones incluidas en el esquema propuesto, siendo el Ministerio de Hacienda y Finanzas el organismo de aplicación de la ley.

Condiciones

y beneficios

El proyecto del Poder Ejecutivo establece que el deudor deberá desistir de toda acción para poder así acceder a los beneficios previstos en el esquema propuesto. Estos beneficios incluyen la condonación de intereses punitorios; la reducción de los intereses moratorios al treinta 30% del capital inicial (nominal y a valores históricos); una conversión ventajosa para las obligaciones nominadas en dólares estadounidenses (relación de un dólar estadounidense igual a tres pesos); y eliminación de cláusulas de ajustes del capital (Coeficiente de Estabilización de Referencia o Coeficiente de Estabilización Salarial).

El Régimen de Regulación de Deudas sugerido implica la posibilidad que la deuda pueda cancelarse de contado o bien a partir de alguna de las opciones previstas en los Planes de Facilidades de Pago, siendo el Ministerio de Hacienda y Finanzas la autoridad de aplicación.

Estos Planes de Facilidades incluyen la cancelación de la deuda en 60, 48 o 24 meses, con un pago inicial de acuerdo al plan elegido e intereses anuales del 36%, 24% y 18% respectivamente. A menor extensión del plan de pago, menor es el interés anual.

Visión del Gobernador

“Vale aclarar que estos Planes de Facilidades incluyen condiciones adicionales que diferencian a los deudores respecto de usuarios o contribuyentes que han mantenido una relación regular con el Estado y sus organismos, sin haberse transformado en deudores”, aclaró el Gobernador en la nota de elevación.

“El Gobierno Provincial reconoce así el esfuerzo y la responsabilidad de quienes se han mantenido al día con sus obligaciones; no obstante lo cual propone un esquema que permita a los deudores regularizar su situación, en condiciones accesibles conforme el actual contexto nacional e internacional”, explicó el Mandatario provincial.

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