Marcelo Madina, hoy juez de la cámara criminal de Mar del Plata, mantiene una situación cargosa sobre sí por la desaparición de u$s 40.000 dólares de la bóveda del Tribunal Oral Federal en el 2000.
Gutiérrez señala que la renuncia de Madina al cargo en la justicia federal (1998) y posterior designación como juez en la justicia penal bonaerense no había hecho cesar la suspensión de la prescripción, toda vez que Madina en ningún momento dejó de ostentar la calidad de funcionario público; al momento de los hechos, como secretario, y luego como magistrado. Pasando en limpio: Madina nunca fue empleado público, sí funcionario público, y está claro que la prescripción no cuenta en su caso.
Ahora bien, los aportes al caso del juez Augusto Diez Ojeda, de la Casación, establecieron que “teniendo en cuenta que desde el primer llamado a prestar declaración indagatoria hasta la fecha transcurrió ampliamente el plazo de dos (2) años previsto para el delito que se le imputa -malversación culposa, art. 262 del C.P.-, y que la demora en la tramitación de la investigación no puede ser atribuida a la conducta procesal del imputado, a punto tal que haya comportado una obstaculización deliberada de su avance, así como tampoco aparece razonable imputar el retraso a la complejidad del asunto, entiendo que corresponde rechazar el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal”. Léase: pobre Madina, víctima del sistema. Pero, ¿y los u$s 40.000 dólares que se evaporaron de la bóveda del TOF?
Afortunadamente, su colega Mariano González Palazzo puso las cosas en su lugar al sostener: “Entiendo que los cambios operados en la situación laboral del encausado Madina a lo largo de la instrucción de esta causa, es decir, el traspaso del fuero federal al provincial y el ascenso de secretario a magistrado, no resultan obstáculo para concluir que se ha mantenido incólume su posición de funcionario público -incluso ascendido-desde la que preservó, al menos, la potencialidad de obstruir el normal desarrollo de la pesquisa”, agregando que “se debe hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el señor fiscal general Jorge Ignacio Gutiérrez, sin costas y, en consecuencia anular la resolución impugnada y remitir las presentes actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, a fin de continuar con el trámite de las actuaciones”.
Entonces, a 11 años de iniciada la acción penal, Marcelo Madina debe someterse a la acción de la justicia, que tan prolijamente ha buscado eludir. ¿Será el fin de esta impunidad?
Comentá la nota