El Departamento Ejecutivo promulgó la ordenanza que determina medidas preventivas contra el dengue, proyecto que fuera presentado por el bloque de la Unión Cívica Radical y aprobado en el recinto.
Se trata de la Ordenanza 98 de este año, promulgada mediante Derecro 1129 que firman el intendente, Pablo Zurro y el titular de Gobierno, Avelino Zurro, y en la misma se establecen pautas normativas para prevenir el dengue.
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En este sentido se determina que gomerías, bicicleterías, establecimientos rurales y en basurales se deberán tener las gomas ordenadas y tapadas convenientemente para que no tengan agua y favorezcan el desarrollo del mosquito, señalándose que también pueden llenarse con tierra.
EN EL ÉJIDO URBANO
En otro punto, se determina prohibir en la zona del éjido urbano de Pehuajó y las localidades del partido instalar nuevos depósitos de chatarra a cielo abierto, y se deberán establecer al menos a 2.000 metros del límite del éjido urbano, en tanto en los depósitos ya existentes se deberá fumigar con cargo a los propietarios.
CEMENTERIO
En otra parte de la norma se establece que también se deberán cuidar los floreros en el cementerio, y tenerlos libre de agua utilizando -para conservar las flores naturales- arena mojada.
CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN
Se prevé también realizar una campaña de concientización para que todos los vecinos eliminen recipientes domiciliarios, mantengan sus patios limpios, el pasto corto, y eliminen todo objeto que pueda acumular agua, como el caso de neumáticos, recomendándose además cambiar el agua en forma diaria en bebederos de animales, y en los casos de piletas, mantenerlas en condiciones.
OTRAS MEDIDAS
También se recomienda eliminar los mosquitos dentro de las casas, colocar mosquiteros en aberturas, utilizar larvicidas en su combate y repelente en chicos y grandes.
CAMPAÑA EN LAS ESCUELAS
También se prevé, aunque estamos en receso escolar, el realizar campañas educativas y formativas en las escuelas, algo que seguramente se instrumentará cuando los alumnos vuelvan a clase, pero es de fundamental importancia para difundir y prevenir.
PLAZOS Y SANCIONES
Finalmente se determina que se tendrán 120 días para dar cumplimiento a lo normado, la Municipalidad será la encargada de verificar y ante la falta de cumplimiento se aplicarán sanciones de acuerdo con el Código Municipal de Faltas.


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