El Departamento Ejecutivo promulgó la Ordenanza sobre medidas contra el dengue

El Departamento Ejecutivo promulgó la ordenanza que determina medidas preventivas contra el dengue, proyecto que fuera presentado por el bloque de la Unión Cívica Radical y aprobado en el recinto.
. LA NORMA

Se trata de la Ordenanza 98 de este año, promulgada mediante Derecro 1129 que firman el intendente, Pablo Zurro y el titular de Gobierno, Avelino Zurro, y en la misma se establecen pautas normativas para prevenir el dengue.

EN COMERCIOS

En este sentido se determina que gomerías, bicicleterías, establecimientos rurales y en basurales se deberán tener las gomas ordenadas y tapadas convenientemente para que no tengan agua y favorezcan el desarrollo del mosquito, señalándose que también pueden llenarse con tierra.

EN EL ÉJIDO URBANO

En otro punto, se determina prohibir en la zona del éjido urbano de Pehuajó y las localidades del partido instalar nuevos depósitos de chatarra a cielo abierto, y se deberán establecer al menos a 2.000 metros del límite del éjido urbano, en tanto en los depósitos ya existentes se deberá fumigar con cargo a los propietarios.

CEMENTERIO

En otra parte de la norma se establece que también se deberán cuidar los floreros en el cementerio, y tenerlos libre de agua utilizando -para conservar las flores naturales- arena mojada.

CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN

Se prevé también realizar una campaña de concientización para que todos los vecinos eliminen recipientes domiciliarios, mantengan sus patios limpios, el pasto corto, y eliminen todo objeto que pueda acumular agua, como el caso de neumáticos, recomendándose además cambiar el agua en forma diaria en bebederos de animales, y en los casos de piletas, mantenerlas en condiciones.

OTRAS MEDIDAS

También se recomienda eliminar los mosquitos dentro de las casas, colocar mosquiteros en aberturas, utilizar larvicidas en su combate y repelente en chicos y grandes.

CAMPAÑA EN LAS ESCUELAS

También se prevé, aunque estamos en receso escolar, el realizar campañas educativas y formativas en las escuelas, algo que seguramente se instrumentará cuando los alumnos vuelvan a clase, pero es de fundamental importancia para difundir y prevenir.

PLAZOS Y SANCIONES

Finalmente se determina que se tendrán 120 días para dar cumplimiento a lo normado, la Municipalidad será la encargada de verificar y ante la falta de cumplimiento se aplicarán sanciones de acuerdo con el Código Municipal de Faltas.

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