Denuncian a escribano y arquitecto por falsedad ideológica y estafa procesal

Dos jueces se declararon incompetentes para atender una denuncia por falsedad ideológica contra un escribano local y derivada de ella, una denuncia por estafa procesal contra el propietario y responsables de la constructora que levantó el edificio de calle Gorriti y Alvarado en esta capital.
La acción penal fue promovida por la Fiscal penal Nº 4 Liliana Jorge, que trasladó las investigaciones al Juez de Instrucción Formal de 8° Nominación Federico Diez, quien se declaró incompetente. La fiscal Jorge atendió las razones del magistrado y pidió entonces que se avoque a la denuncia penal el Juez de Instrucción Formal de 5° nominación Pablo Arancibia, quien también se habría declarado incompetente.

El propietario de la vivienda colindante a ese edificio, manifestando que su estructura resultó notoriamente afectada por la mole de cemento que se levantó en la pared contigua a su casa desde el momento mismo de la construcción, presentó una denuncia el 7 de febrero y la amplió el 15 del mismo mes, al tiempo que denunció la actitud del escribano ante el Colegio de Escribanos.

Ricardo Amador, que posee un taller de carpintería sobre Gorriti denuncia haber sido seriamente afectado por la obra en cuestión, el taller se agrietó en varias lugares, no pudo continuar normalmente con su oficio y promovió un juicio reparatorio que se tramita ante el juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de 5° nominación, contra Luxem SRL por reparación de daños.

Sin cartel

En el juicio Amador y su abogado denunciaron que Luxem Construcciones S.A infringió múltiples normas reglamentarias de orden nacional y municipal, entre ellas la relacionada al cartel de obra obligatorio.

En el marco de ese juicio y respecto del cartel de obra, se sostiene que se presentaron tres juegos de fotografías, tomadas el 3 de octubre de 2009 y certificadas el 29 de setiembre de 2011, es decir dos años después y un día antes que Luxem conteste la demanda.

La certificación del escribano Diego Alsina Araóz, del primer juego de fotografías, data del 29 de setiembre de 2011, certifica que fueron tomadas en su presencia, el día 3 de octubre de 2009, que concuerda con la toma que se registra y dispone la fecha: Salta, 29 de setiembre de 2011.Apunta la denuncia que esa acción notarial no fue complementaria a ningún acta de constatación, ninguna escritura pública ni actuación protocolar; no hay requerimientos, personas que comparezcan ante el notario, fechas de comparecencia ni horarios.

El segundo juego de fotografías fue tomada el 5 de agosto de 2009 y certificadas también el 29 de setiembre de 2011 y el tercer juego de fotografías fue tomado el 2 de julio de 2009 y certificadas en la misma fecha, 29 de setiembre 2011.

La denuncia expresa además que, "no era posible que el escribano Carlos Diego Alsina Aráoz pudiera referirse y certificar un hecho del 2 de julio de 2009, porque juró como notario el día 31 de julio de 2009 y se inscribió en la dirección general de Rentas de la provincia, el 3 de agosto de 2009".

La denuncia consigna que "el representante de Luxem SRL y de Luxem Construcciones, que es el mismo arquitecto Eduardo Nahum solicitó el falseamiento de los instrumentos el día antes de contestar la demanda judicial reparatoria, lo que quiere decir que esas fotografías, groseramente falsas, tenían por destino proceso civil donde tendrían un rol determinante, como todo instrumento notarial auténtico, para dirimir el conflicto en la dirección de neutralizar mi pretensión y perjudicarme injustamente, ya que en la demanda sostuvimos que Luxem no había colocado el cartel reglamentario como es debido”.

En el marco de la demanda Luxem alegó además la existencia de un pozo ciego en la propiedad de Amador, como causante de los daños que sufrió su propiedad.

"El escribano Alsina Araóz certificó fotografías de un escenario que ilustraría la existencia de un pozo ciego, en el que se ven armaduras de hierro dobladas por efecto de un derrumbe, el día 5 de agosto, cuando en verdad ese derrumbe sucedió el 20 de agosto, hecho que nadie puso en duda durante el juicio, ni en ningún otro procedimiento”.

Contra el escribano

Respecto de la submuración y el entibado de la obra la denuncia menciona que hay fotografías con fecha 5 de agosto de 2009 que buscan probar, cuando en realidad las fotos fueron tomadas en otra obra de la empresa, en 25 de Mayo y Belgrano, pues Luxem nunca apuntaló, entibó, ni submuró antes del colapso, en Alvarado y Gorriti.Sostienen Amador y su abogado que el escribano Alsina Araóz ha infringido no sólo la ley sustantiva, artículos 980 y 986 del Código Civil, sino también sus deberes profesionales y éticos e implica a los abogados de la empresa porque con conocimientos técnicos en materia jurídica para no ignorar la carencia de la fe pública en los documentos falsamente autentificados y lejos de rehusar su incorporación a un proceso civil reparatorio, se valieron de los mismos para inducir en error al juez para que decida en micontra”.

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