Demandan al Municipio por un accidente causado por un perro de la calle

Demandan al Municipio por un accidente causado por un perro de la calle
El conductor de una motocicleta que sufrió un grave accidente de tránsito al caer de su rodado cuando fue atacado por un perro de la calle inició una demanda (Expediente 7533) sobre pretensión indemnizatoria contra la Municipalidad de Junín.
Eduardo José Gardenias, de 52 años de edad, se presentó en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1, a cargo del juez Juan Bazzani, secretaría del doctor Martín Azpelicueta, con el patrocinio del abogado Pedro García De Palma.

La cantidad de incidentes que generan los perros vagabundos al abalanzarse sobre las motos y bicicletas mordiendo, en muchos casos, a los conductores que se ven obligados a iniciar tratamiento antirrábico, se suceden a diario. En los casos más graves, las víctimas sufren serios traumatismos de cráneo al caer sobre el pavimento.

En este caso puntual, el 28 de enero pasado Gardenias circulaba a bordo de una Motomel por Hipólito Yrigoyen, y al llegar a la intersección con Roque Sáenz Peña, comienzan a perseguirlo dos perros vagabundos de gran tamaño. Transitando por calle Alsina, entre Almafuerte y Ameghino, uno de los canes mordió una de las cubiertas del rodado haciendo caer al conductor, producto de la pérdida de estabilidad.

Al impactar contra el piso, Gardenias sufrió lesiones de carácter grave: traumatismos en varias zonas del cuerpo, y la fractura del hueso olécranon (comúnmente llamada fractura del codo), quedando imposibilitado a realizar tareas en la vida cotidiana.

La víctima mantiene una incapacidad, lo que reclama a consecuencia del accionar de los perros vagabundos. Asimismo plantea un daño moral, por lo que decidió accionar responsabilizando a la Municipalidad.

Planteo de responsabilidad

En principio, hacen falta normas locales que obliguen al deber jurídico de la Municipalidad, porque sino no se puede iniciar la acción judicial. En Junín hay normas, entre ellas, la Ordenanza 4924, y el Decreto 1466, que obligaban a la comuna a sacar los perros vagabundos de las calles, sobre los cuales hace base la demanda presentada.

En cuanto al planteo judicial, el doctor Pedro García De Palma, explicó a LA VERDAD que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho respecto a los daños derivados de accidentes de tránsito causados por colisión de animales, que sólo responde el Estado –provincial, municipal- cuando hay un deber jurídico de seguridad específico cuyo cumplimiento se omite. Esto es: tiene que haber una norma local en el caso del municipio. Y, efectivamente, rige en nuestro distrito el decreto municipal 1466 que establece que tratándose de una vía destinada al tránsito de peatones recae sobre la Municipalidad el ejercicio del poder de policía, que implica el deber de adoptar los recaudos de ejercer todas las medidas a su alcance para asegurar a los peatones su zona normal y segura de circulación que son las veredas. Que los perros sueltos en la vía pública pueden ocasionar lesiones por mordedura”.

Asimismo, De Palma recordó que dicho decreto habla del riesgo de las personas que realizan maniobras para evitar accidentes de tránsito, por los que también debe responder el municipio.

“La norma municipal también sostiene que por Ordenanza 4924 del año 2005 del Concejo Deliberante se crea el Centro Municipal de Sanidad Animal y Zoonosis en el partido de Junín. Que tiene (la comuna), entre sus objetivos, disminuir la cantidad de animales vagabundos y controlar la superpoblación de animales en tal condición. Por otra parte, el Artículo 1º del Decreto establece, con respecto a los perros vagabundos: se lo considera a todo can suelto en la vía pública sin bozal, sin que pueda identificarse su dueño o guardián. Dice más: en caso de que permanezcan indefinidamente en la vía pública como vagabundos, los perros deberán ser capturados por miembros de Inspección General y llevados al refugio que gestiona la Sociedad Protectora de Animales. Dicho decreto lleva la firma del secretario de Gobierno Mauro Gorer”, destacó el abogado que patrocina al demandante Eduardo José Gardenias.

De Palma mencionó, por otra parte, que la resolución referida a la Corte de Justicia de la Nación lleva la firma de los ministros Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracci, Eugenio Zaffaroni y Carmen María Argibay, entre otros.

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