Una asociación civil demandó al Estado pampeano y pidió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que se habilite otra vez la comercialización de los medicamentos de venta libre en kioscos, despensas y supermercados. Desde 2010 solo se venden en farmacias.
Diario Textual accedió al texto de la demanda. La asociación pidió la declaración de "inconstitucionalidad" de la ley provincial 2557, que establece que el expendio de los "medicamentos de venta libre" en La Pampa solo puede ser realizado en farmacias habilitadas, en mostrador y personalmente por farmacéuticos.
En rigor, la ley pampeana -sancionada en 2010- solo tiene dos artículos. En lo sustancial, se adhiere a la Ley Nacional 26567, que establece la prohibición de venta de medicamentos en supermercados y kioscos.
Derechos
La ONG cuestionó la ley porque, con esta prohibición, se "violan derechos consagrados constitucionalmente, como son a la salud, al libre ejercicio de la automedicaci6n responsable, a la igualdad ante la ley y a la libre elecci6n (arts. 16, 28, 42, 43 Y 75, inc. 22 de la Ley Fundamental)".
Consideró que la legislación pampeana establece "una medida irrazonable en relación al fin que persigue, violatoria del derecho humano fundamental a la salud de todos los consumidores que representa y resulta discriminatoria de un determinado sector de ellos".
También aseguró que afecta normas del Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales -que goza de jerarquía constitucional-, al establecer una medida violatoria de los principios de progresividad y no regresividad que rigen en la materia.
Además, reclamó una medida cautelar que disponga la suspensión de los efectos de la ley 2557, hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
El caso comenzará a analizarse durante 2013 en la Corte, según ya dictaminó la Procuración de la Nación.
La historia de esta polémica
En 1967 se promulgó la Ley 17565, que reguló el ejercicio de la actividad farmacéutica. Esa norma estableció que la preparación de recetas y despacho y venta al público de drogas, medicamentos y especialidades farmacéuticas solamente podía ser efectuada en farmacias. Así, su venta y despacho fuera de estos establecimientos se consideraó ejercicio ilegal de la farmacia.
En el año 1991, mediante los artículos 14 y 15 del Decreto 2284 de desregulación económica, se autorizó la venta de medicamentos de venta libre en establecimientos comerciales no comprendidos en la ley 17565.
La nueva ley 26567 retrotrajo la situación a lo pautado por la norma vigente desde 1967.
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