El Ejecutivo reglamentó algunos de los artículos de la ley a partir de la cual la Policía dejará de expedir certificados de domicilio y convivencia, e introdujo modificaciones al proyecto original.
Entre ellas se establece que los apoderados de los beneficiarios previsionales (pensionados y/o jubilados) que requieran acreditar esta situación ante organismos, deberán realizarlo a través de Declaración Jurada ante la Policía de San Juan, seccional más próxima al domicilio del beneficiario. En el supuesto que la Declaración Jurada de Supervivencia requiera ser presentada en otra jurisdicción provincial, la firma de la autoridad policial será certificada ante la Secretaría General de la Policía.
Cambio aún no vigente
Respecto a los certificados de residencia y convivencia, ya se elaboró la declaración jurada que los ciudadanos que requiran acreditar dichos estados deberán llenar, en caso que el domicilio actual no figure en el DNI.
De este modo la policía deja de efectuar todo trámite no vinculado a la seguridad. Pero el artículo que establece que la ley entra en vigencia una vez sancionada, aún no está reglamentado, por ende, la policía sigue expidiendo la documentación hasta que el Boletín Oficial publique dicha norma.
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