Es en el marco del amparo en favor de tres comunidades indígenas de El Impenetrable que monitorea el juzgado a cargo de la doctora Iride Grillo y por la cual convocó a las partes involucradas a una audiencia para el 22 de mayo
El escrito de Corregido subraya que “el instituto del Defensor del Pueblo se encuentra suficientemente legitimado para intervenir en este tipo de causas según el art. 119 inc. 16 de la Constitución del Chaco, Ley Nº 4190, modificada por Ley Nº 6817 Artículo 2º “Es función del defensor del pueblo la de peticionar ante el Estado en interés de los habitantes de la provincia. Su ámbito de competencia abarca a los tres poderes del Estado,..." Artículo 8º “A los efectos de la presente ley el concepto "interés de los habitantes" comprende todo aquello vinculado a la defensa de los derechos constitucionales, individuales, colectivos y difusos frente a los actos, hechos u omisiones de la administración y sus agentes, que impliquen el ejercicio ilegitimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio, negligente, gravemente inconveniente o inoportuno de sus funciones; así como la supervisión sobre la eficacia en la prestación de los servicios públicos, sean estos prestados por entes públicos o privado".
“Por el carácter colectivo que se trata y la sentencia firme declarada, resulta de interés de los habitantes de la Provincia del Chaco la preservación del ambiente y en particular la protección de la masa boscosa en relación con el suelo, la biodiversidad y el impacto con las comunidades que la habitan, así como su preservación para las generaciones futuras”, agrega la presentación realizada ante el Juzgado Civil Nº6 de Resistencia a cargo de la jueza Iride Grillo.
Concluye la nota resaltando que “resulta una política de gestión prioritaria para el Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco realizar todas aquellas acciones tendientes al cuidado ambiental, establecer las relaciones correspondientes con los poderes públicos que tengan competencia en la materia a fin de implementar un cuidado sustentable de la calidad ambiental”.
La audiencia del 22
Vale recordar que la titular del Juzgado Civil y Comercial Nº6 de Resistencia, Iride Isabel Grillo, convocó a una audiencia para el próximo martes 22 de mayo -en principio la fecha fue el 17 y luego el 21- para tomar conocimiento de los acuerdos alcanzados en la reunión realizada días atrás entre el gobernador del Chaco, Jorge Capitanich, y representantes de Greenpeace tras las denuncias de la organización ambientalista por la autorización de desmontes en El Impenetrable que violarían la ley de Bosques. Como resultado de ese encuentro, el mandatario chaqueño decidió suspender por 60 días los permisos para prácticas silvopastoriles en territorio chaqueño y conformar una comisión junto a la organización Greenpeace y técnicos del INTA para revisar el cumplimiento de la ley de Bosques por parte del gobierno provincial.
En el marco de esa causa, la magistrada decidió aceptar al coordinador del Centro de Estudios Nelson Mandela DDHH, Rolando Núñez, como "amicus curiae" quién también formará parte en la audiencia en la cual habrá representantes de distintos organismos del Estado provincial, de la organización ambientalista Greenpeace y del Instituto del Aborigen del Chaco.
Vale recordar que por acuerdo de las partes, la magistrada, “como garantía de tutela judicial efectiva”, tiene a su cargo el monitoreo de oficio de un amparo –ratificado por el Superior Tribunal de Justicia en el marco del Expte. Nº1754/04 - en favor de tres asociaciones indígenas de El Impenetrable: de Nueva Pompeya, de Comandancia Frías y de Nueva Población, y por ese motivo tomó intervención tras las denuncias públicas realizadas por la organización ambientalista por supuestos desmontes ilegales en El Impenetrable.




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