La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Azul hizo lugar a la acción judicial colectiva que una asociación de defensa de los consumidores había iniciado en agosto.
La Asociación Civil de Defensa de los Consumidores y Usuarios (ACUBA, R.P.A.C. Nro. 14, R.N.A.C. Nro. 32), con sede en la calle 12 de Octubre 33 Piso 4 Of. "B", de Mar del Plata, fundada en el año 2006, había iniciado en agosto de 2009, con el patrocinio de los doctores Federico M. Álvarez Larrondo, Ariel Vieira (ambos del foro judicial Mar del Plata, sede de la entidad) y Maximiliano Vieira (del foro judicial Olavarría), una acción judicial colectiva contra dicha firma que se tramitó ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Olavarría, Departamento Judicial de Azul, a fin de resguardar los derechos de todos los usuarios del servicio de televisión por cable del Partido de Olavarría, afectados por los aumentos impuestos por la empresa "en franca violación al régimen legal vigente, tanto constitucional como legal".
Dicha acción colectiva buscó frenar en esta primera etapa, el aumento impuesto en el mes de febrero de 2009 y se fundó básicamente en el hecho de haber procedido la empresa, "sin aviso previo y fehaciente a sus usuarios", a imponer en la citada fecha un incremento del precio del abono al servicio de televisión por cable de 9 pesos, el cual representó un aumento del 9,48 % sobre el valor anterior.
A partir del fallo que se dio a conocer este jueves, la firma Cablevisión S.A. no podrá modificar el precio del servicio de manera arbitraria, abusiva o contraria a derecho.
Y lo destacable del caso, es que dicha medida cautelar beneficia a todos los usuarios del Partido de Olavarría a los cuales Cablevisión S.A. les presta el servicio de televisión por cable, sin necesidad de que éstos tengan que iniciar acción legal alguna, dado que para ello ha intervenido la ONG con representatividad en todo el país.
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