El Ministerio de Salud de la Nación, a través de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), exigirá un certificado habilitante para realizar actividades de elaboración y comercialización de productos repelentes de insectos para uso humano, según publicó el viernes el Boletín Oficial.
A través de la Resolución 327/2012, la nueva regulación establecida por la cartera sanitaria dispuso la creación de un registro de productos repelentes de insectos de uso externo en seres humanos que reemplazará al mecanismo de admisión automática vigente hasta el momento.
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