Buscan evitar el riesgo que implica la presencia de balcones, barandas, soportes, marquesinas o revestimientos que, por el paso del tiempo o deficiencias constructivas, puedan sufrir un desprendimiento hacia la vereda o la calle
De esta manera se busca poner fin al eventual riesgo que implica la presencia de balcones, barandas, soportes, marquesinas, revestimientos y otros cuerpos salientes que por el paso del tiempo o deficiencias constructivas puedan sufrir un desprendimiento total o parcial.
En los últimos años se han registrado en la ciudad repetidas situaciones de caídas de trozos de mampostería, pizarras y otros elementos en veredas y calles, lo cual significa un riesgo contra la integridad física de peatones y vehículos.
A partir de ahora cada propietario deberá presentar ante el municipio, en un plazo acorde a la antigüedad de su inmueble, un primer informe sobre el estado de conservación de la fachada del bien, detallando el estado de conservación de todos los elementos constitutivos, entre ellos toldos, antepechos, muretes, revestimientos, carpinterías, desagües, ventilaciones y cualquier otro ubicado en proximidad de la vía pública.
A partir de ese informe, que deberá ser elaborado por un profesional competente y con los correspondientes contratos ante el colegio profesional que resulte pertinente, se elaborará un diagnóstico, las lesiones detectadas, los procedimientos constructivos a utilizar y sus plazos de ejecución.
Con estos datos la comuna conformará un padrón de inmuebles, con un archivo para su seguimiento y las fechas de presentación de las actualizaciones respectivas.
Plazos, multas. En el caso de los edificios de más de 72 años --por ejemplo, el Palacio Municipal, el Banco de la Nación Argentina, el Palacio de Tribunales, el Correo, la Biblioteca Rivadavia y el Club Argentino-- sus responsables dispondrán de 90 días corridos, a partir de la entrada en vigencia del decreto, para presentar el mencionado informe. Los que tiene entre 50 y 71 años dispondrán de 180 días; entre 34 y 50, de 12 meses; entre 21 y 34, de 18 meses; y entre 10 y 21, de 24 meses.
A su vez existirá una periodicidad de actualización de ese informe, que varía entre 2 y 10 años de acuerdo con la antigüedad del bien.
Quedan eximidas de esta ordenanza las viviendas en planta baja, salvo que tengan elementos salientes que puedan considerarse riesgosos.
Por último, el municipio labrará actas de infracción a quienes no cumplan con esta presentación y sus actualizaciones. Las mismas podrán derivar en multas de entre 60 mil y 300 mil pesos.
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