Debaten posible enmienda por el voto a los 16

Debaten posible enmienda por el voto a los 16
El diputado Baum presentó un proyecto para modificar la Constitución y evitar así posibles denuncias. Deberían convocar a un referéndum. La Carta Magna provincial establece la opción electoral para mayores de 18 años, por lo que el texto debería ser cambiado.
La Legislatura podría convocar a una enmienda constitucional para implementar en la provincia el voto optativo a partir de los 16 años, que ya se aprobó a nivel nacional. Es la salida que impulsan desde el bloque Unión Popular, aliado al oficialismo, para evitar futuras presentaciones judiciales por la contradicción aparente entre la reforma electoral y lo que expresa la Carta Magna neuquina.

El presidente del bloque, Daniel Baum, afirmó que sólo una modificación de la Constitución podría saldar la discusión que se produjo en la cámara por la implementación del voto joven en la provincia, debido a que ésta indica expresamente que el sufragio es un derecho de quienes tienen más de 18 años. “Corresponde corregirlo y por eso hacemos este aporte”, indicó.

Referéndum

El proyecto de ley que presentó prevé convocar de inmediato a un referéndum popular para convalidar la enmienda del segundo inciso del artículo 301 de la Constitución Provincial. El párrafo indica hoy que tienen derecho a voto todos los argentinos residentes en la provincia que figuren en padrón "sin distinción de sexos, mayores de dieciocho (18) años, con ciudadanía natural o legal”.

"Más allá de las posiciones ideológicas que los distintos bloques políticos puedan esbozar sobre este otorgamiento de derechos y su conveniencia o no, o de las objeciones que puedan plantearse por posibles especulaciones electorales, no podemos desconocer que resulta necesario adecuar nuestras normas provinciales a las nacionales", argumentó el autor de la propuesta.

También mencionó como fundamento que la redacción actual del inciso "representa un escollo infranqueable para la ley, puesto que una norma inferior no puede modificar a una superior".

"Que la Constitución Provincial establezca en forma expresa la edad desde la cual se puede habilitar el voto resulta un punto infranqueable para la legislación en materia electoral, que solamente puede ser soslayado a través de una reforma constitucional o una enmienda", justificó.

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