El Dr. Hernández Bustamante analiza un caso que sentó jurisprudencia a nivel provincial y nacional. Se trata del litigio contra la Municipalidad de Daireaux y el Hospital Municipal de esa localidad, en cuyo lugar se contagió a una paciente con el virus del HIV (Sida). Luego afectó a sus hijos. La Corte Suprema acaba de expedirse.
En 1991 la protagonista fue a dar a luz al hospital de Daireaux. Hernández Bustamante resume la historia: "Norma Valentín, la mamá, el 15 de febrero va a tener su primer hijo, Juan Cruz. Ante una pequeña anemia deciden transfundirla; la enfermera toma una bolsa con sangre donada y se la coloca". Al cabo del tiempo el donante -quien alternaba su vida entre la Capital Federal y Daireaux- "cae enfermo, el médico le ordena análisis y se da cuenta que tenía SIDA. Él paciente manifestó que había donado sangre en Daireaux, buscan en los cuadernos y se dan cuenta que se trata de Norma B. Valentín. Tardaron aproximadamente cuatro o cinco meses para encontrarla, pero cuando lo hacen ya estaba embarazada de su segunda hija, Sofía. En el interín ella amamantó a Juan Cruz (el primer hijo), que había nacido sano, pero con su leche materna lo contagió. Al nacer la segunda hija -Sofía- luego de un par de años de su nacimiento (nació también con el virus del Sida), se negativiza, y hace poco tiempo acaba de tener un hijo y no tienen HIV; Juan Cruz lo sigue teniendo".
Poco menos de una década después, Norma B. Valentín fallece en el Hospital de Clínicas de la Ciudad de Buenos Aires (abril del 2001).
El abogado define que "cualquier nosocomio -público o privado- tiene la obligación de dar y transfundir sangre sana, para eso tiene que ser analizada previamente, evidentemente en el caso no lo hicieron. Estaba a cargo del Banco de Sangre una enfermera, que era una idónea, no profesional, y tomó la primera bolsa que encontró y la transfundió. Le tocó a ella (la madre primeriza Norma V. Valentín de González), como podría haberle tocado a alguna otra persona".
"A la familia la quebraron, porque al provocar el fallecimiento de la madre, quedan dos pequeños hijos huérfanos. El padre, un domador de caballos, queda a cargo de los mismos", interpreta el abogado.
Añade que "la Municipalidad prácticamente los abandonó, porque le dieron los pasajes para ir a atenderse a Buenos Aires y algunos pesos más para comer por unos pocos años, es decir que se desentendieron. Para luego desinteresarse definitivamente hasta el presente.
Con verdadero sentido de Justicia -explica el letrado- debe quedar al margen de la actitud innoble e inhumana antes denunciada, el Dr. Jorge O. Carlé (médico de la ciudad de Daireaux) quien con verdadero sentido humanitario, virtuoso y compasivo, viene asistiendo en forma particular a la familia González, hasta estos días.
La causa sentó jurisprudencia, como también controversias políticas. El Dr. Hernández Bustamante observa que además del presente, hubo "otro caso con dos niñas pequeñas de la ciudad de Mar del Plata, de la misma manera. Ellas tuvieron suerte porque cuando va a la Corte, las madres de las niñas contagiadas le piden al gobernador -en funciones en ese momento- que no sigan apelando (es decir, negando el caso), el gobernador de ese momento dicta un Decreto, con un grado de humanidad muy importante, y le pagan en forma inmediata la indemnización fijada (alrededor de U$S 1.500.000.- a cada familia). La obligación legal del Fiscal de Estado era que siguiera apelando, pero el gobernador decreta que no se siga dilatando el cumplimiento de la sentencia. Gracias a esa medida, las niñas infectadas pudieron contar con el dinero necesario para realizar su tratamiento.
Sin embargo, "acá pasó todo lo contrario. Porque lo tuvimos que probar a través de unos análisis que se realizaron en EEUU, en Boston, en la Universidad de Harvard. En ese momento el taxista, el donante, aún vivía. Se le extrajeron muestras sanguíneas a los tres, al niño, la mamá y al taxista donante e infectado con HIV. El virus del SIDA es uno, pero a su vez está individualizado en cada caso, como si fuera el ADN, con tres o cuatro letras y números", y en EEUU se estableció que los tres tenían plena coincidencia, explica Hernández Bustamante. "Ahí se comprobó ante la Justicia de Trenque Lauquen que con la sangre del dador (taxista) infectada con el virus, se había enfermado a la señora Norma B. Valentín de González, y por "exclusiva negligencia del Hospital Municipal", afirma.
Según el abogado, desde el Municipio se buscaron todos los artilugios posibles para "zafar de la responsabilidad" por el daño causado, incluyendo el haber endilgado a la joven madre fallecida, un comportamiento licencioso que podría haber provocado el contagio del HIV. Absolutamente falso, como se pudo demostrar en el juicio seguido contra los responsables del tremendo daño ocasionado. Agrega que "lejos de encontrar funcionarios municipales comprensibles de cara a la desgracia ocasionada, hemos tenido la poca fortuna de hallarnos frente a personas con casi una nula cuota de humanidad, insensibles, inflexibles y hasta, diría, crueles".
"Hasta el presente, desde el 91, siempre se han negado a pagar. A pesar de que han violado prácticamente todos los artículos y derechos y garantías de la Constitución Nacional y Provincial en materia de salud. Y no pagaron -a entender del letrado- porque no tuvieron la voluntad de hacerlo, porque en el año 2011 el Municipio recibió por coparticipación de la Provincia de Bs.As. 45 millones de pesos, en lo que va del presente año ya ha recibido casi 34 millones de pesos". Recuerda que en una ocasión, con espíritu de colaborar con ambas partes, ofreció -el Dr. Hernández Bustamante- que el cumplimiento se hiciera en cuotas, es decir un pago de "100 mensualidades en dólares", y no quisieron aceptar la propuesta y también se negaron a hacerse cargo del daño causado.
"Resulta evidente que niegan infundadamente la realidad de los hechos, y no se dan cuenta que están dañando a seres que son muy indefensos y débiles, por eso lo hemos tomado casi como si fuera una causa propia", asegura el abogado. Añade que "no dejaremos de acompañar a esta gente hasta la última instancia en que el Municipio condenado haya satisfecho íntegramente lo que la Justicia ordene, es decir lo necesario para reparar la injusticia que se viene cometiendo hasta el presente".
Novedades y más embargos
Hace días la causa generó movimientos, los definitorios. "Por un lado la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires ordena pagar aproximadamente un millón de pesos por daño moral".
"Ahora no hay mas alternativa que cumplir con lo resuelto por la Justicia", dice. La Corte Suprema ordenó un embargo por un millón de pesos para pagar el daño moral. A su vez, "se ordena que la Cámara fije nuevo monto por daños materiales, es decir los perjuicios que le ocasionaron a la mamá que murió (el día 20 de abril del año 2001) y a la criatura hasta el final de sus días. Lo que se paga con el millón de pesos son los importantes daños morales ocasionados, el sufrimiento". Esa cifra, según el Dr.Hernández Bustamante es mucho menor a los U$S 1,5 millones que recibió cada una de las niñas de Mar del Plata.
Explica, a su vez, que "los daños materiales son a su entender, estimativamente, dos o tres veces más que lo fijado por daño moral. Esto es para que el ahora joven portador del virus del HIV, tenga el dinero para curarse, si -en su caso- apareciere una solución científica en el exterior, que tenga los medios para movilizarse y hacer frente a la misma".
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