Cuáles son las vacunas que exigirán para poder tramitar documentos

Cuáles son las vacunas que exigirán para poder tramitar documentos

Patricia Fortina, directora de Salud Municipal, detalló el calendario en diálogo con Radio Mitre Mar del Plata. El Congreso aprobó la semana pasada una nueva ley que establece la presentación del carnet de vacunación para obtener el DNI, el pasaporte y el registro de conducir.

La directora de Salud Municipal, Patricia Fortina, se refirió en diálogo con “Antes que sea tarde” por Radio Mitre Mar del Plata a la ley que aprobó la semana pasada el Congreso de la Nación y establece la obligatoriedad y gratuidad de vacunación contra enfermedades prevenibles para todos los habitantes del país, y dispone que el carnet de vacunación completo será requerido para tramitar o renovar el DNI, el pasaporte y el registro de conducir.

“El calendario de vacunación no cambia, es el mismo, solo hay que buscar las constancias. Si no las tenemos, podemos hacer alguna cuenta, de si ya estaba en calendario alguna vacuna. Si tenemos alguna duda, la aplicamos nuevamente, nunca está de más“, aseguró respecto a la principal duda que se presenta ante la eventual falta del carnet o su pérdida.

Fortina indicó cuáles son las vacunas obligatorias para todos las personas adultas que habiten el país. Primero, se refirió a la “doble adultos, que protege contra tétano y difteria”. “Es un refuerzo cada diez años. Se da a los 11 años y, luego, se repite cada 10”, agregó. Después mencionó las tres dosis contra la hepatitis B, que son obligatorias en el calendario desde el 2000 para todos los niños de 11 años y, a partir del 2012, también para los adultos. “Por eso, los adultos más grandes no la tienen, son tres dosis en la vida”, detalló.

También recordó que “todos los nacidos a partir del 1° de enero de 1965 deben contar con dos dosis de la triple viral, que protege contra rubeola, paperas y sarampión“. “Se da al año y en el ingreso escolar. A las mujeres también se les aplica en el puerperio por las dudas”, añadió. Por último, indicó que, para todos los mayores de 65 años, “también están indicadas la antigripal, que es anual, y la antineumocócica“.

“Todos tenemos que cumplir con el calendario. Por eso es importante esta ley, porque toma la vacunación como una política de Estado, que es el encargado de proveer todos los recursos para esto. Se toma a la vacuna como un bien social, es decir, que prevalece la salud comunitaria sobre la salud particular. Si no me vacuno, no solo me enfermo yo, sino que trasmito y puede generar una epidemia. Si estamos todos vacunados, por más que esté el virus, pocas posibilidades tiene de enfermar y replicarse”, destacó sobre la importancia de esta ley, a la que calificó de “absolutamente necesaria”.

Por último, recordó que, por ahora, la falta de vacunas o de sus constancias, “no va a ser privativo, ni se va a negar el trámite”. “Pero es importante tomar conciencia de la prevención de las enfermedades a través de la vacunación. Si no se encuentra el carnet, habrá que revacunar o pensar y analizar situaciones para ver si las tenemos. Sino en las historias clínicas puede llegar a estar esa información”, concluyó.

El texto de la ley establece que será el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Salud de la Nación, el que deberá reglamentar en un término de 120 días la letra chica de la norma para su aplicación concreta en todo el territorio nacional.

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