UCR criticó al oficialismo por no debatir el programa de administración financiera

El bloque de la Unión Cívica Radical condenó la actitud de la mayoría de diputados del Frente para la Victoria que dejó sin quórum reglamentario la sesión legislativa del último jueves para continuar el debate acerca del Decreto 1008 que creó el denominado Programa Integral de Administración Financiera.
Según los radicales, tuvo “honrosas excepciones”, en alusión a la permanencia en el recinto de los diputados Anselmo Montes y Héctor Trotta. Un pronunciamiento de Roberto Risso y José Luis Lizurume comparó ese comportamiento con “la imposición del silencio por parte de las dictaduras” y acusó al Frente para la Victoria de “provocar la paralización y el no funcionamiento del Poder Legislativo”.

DOS PROYECTOS

El radicalismo expresó la necesidad de precisar los alcances de esa decisión del Poder Ejecutivo Provincial y elaboró dos proyectos de ley, presentados sobre tablas en la sesión del jueves pasado, con la firma de los diputados José Luis Lizurume y Roberto Risso.

El primero tiene por objeto de establecer el marco normativo para la implementación del Programa Integral de Administración Financiera de la Provincia del Chubut y el segundo avanza en fijar, con carácter imperativo, que todas aquellas inversiones encuadradas en el mismo deberán efectivizarse en forma exclusiva en el Banco Chubut SA, incluyendo aquellos sumas que el decreto en cuestión denomina como fondos excedentes.

PEDIDO DE INFORME

Simultáneamente se impulsó un pedido de informes dirigido a la ministro de Economía y Crédito Público, Graciela Dufour, con cuatro interrogantes referidos a los llamados Fondos Excedentes, saldos de las cuentas oficiales radicadas en el Banco Chubut y porcentuales de afectación.

La iniciativa contó con los votos suficientes para su aprobación en la última sesión legislativa, fijándose cinco días, a partir de la notificación de la resolución correspondiente, para responder a las inquietudes planteadas en los términos y alcances establecidos en el artículo 134, inciso 3 de la Constitución Provincial.

La ministro deberá definir el concepto oficial de fondos excedentes e informar su existencia en todas las cuentas públicas vinculadas a la Administración Pública centralizada, descentralizada, entes estatales y sociedades del estado, añadiendo los saldos de las mismas y el porcentual de afectación de las involucradas por las directivas del decreto mencionado.

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