El Concejo Deliberante tratará durante la sesión de hoy un proyecto de Ordenanza que prevé la creación del Programa Municipal de Preservación y Recupero de Tierras Municipales, norma que le otorga al Ejecutivo Municipal amplio espectro de funciones para definir y normalizar todas las cuestiones atinentes al espacio público municipal y establece en uno de sus artículos sanción de multa de 1000 a 5000 Unidades Tributarias por la ocupación indebida o no autorizada de tierras públicas municipales.
El proyecto fue presentado por el concejal Carlos Humberto Saravia (UCR) y su par César Álvarez (FPPV) efectuó aportes para la redacción final de la iniciativa.
El programa dependerá de la Secretaría de Planificación y Desarrollo y sus funciones serán relevar la totalidad de los terrenos existentes que pertenezcan al dominio público o privado municipal, así como superficies remanentes de espacios públicos afectados por urbanizaciones, convenios urbanísticos y/o subdivisiones en general, conformando un inventario en el que se haga constar su real estado de ocupación y las medidas que se dispongan en relación a los mismos.
Podrá también adoptar medidas, medidas para la custodia efectiva de los inmuebles de dominio municipal y la preservación de su destino; solicitar a la Procuración General el inicio de las acciones legales tendientes al recupero de los inmuebles que fueren objeto de usurpación por particulares.
El Programa Municipal de Preservación y Recupero de Tierras Municipales podrá también controlar el cumplimiento de los cargos impuestos a la Municipalidad por donantes de bienes inmuebles, los cargos impuestos por la Municipalidad a los comodatarios de bienes inmuebles de dominio municipal y el vencimiento del plazo de concesión de uso de los inmuebles de dominio municipal.
Ocupación y multa
El artículo tercero del proyecto de Ordenanza establece que cuando se detecte una ocupación indebida o no autorizada de espacios públicos municipales, la autoridad de aplicación en ejercicio del poder de policía, por razones de seguridad y/o de preservación del buen orden de la cosa pública contra las perturbaciones, dispondrá el desahucio administrativo del predio en cuestión.
En todos los casos de ocupación indebida o no autorizada, el funcionario municipal que la detecte deberá interponer denuncia penal ante la policía, el Poder Judicial y comunicará la situación al Procurador municipal. En el lugar ocupado deberá constituirse un funcionario, pedir el auxilio de la fuerza pública para resguardar la seguridad, no permitir el ingreso de nuevas personas al predio, ni la instalación de bienes o mejoras.
La ocupación indebida o no autorizada de tierras municipales se sancionará en sede administrativa con la imposición de multa que oscilará entre 1000 y 5000 unidades tributarias. Cabe recordar que cada Unidad Tributaria
Comentá la nota