Las empresas habían sido denunciadas por repartirse el mercado de Paraná en dos zonas. La Justicia Federal entrerriana impulsó una multa y ahora la Corte Suprema avaló el fallo. El dinero de la multa ya puede exigirlo el estado nacional.
En aquel momento, Defensa del Consumidor de la Provincia recibió masivas denuncias de usuarios ante la imposibilidad de optar por una empresa o por otra, impidiéndoles elegir un servicio de acuerdo a criterios de calidad o posibilidades económicas. Ante esto, la Justicia Federal Entrerriana ratificó la sanción resuelta en febrero por la Secretaría de Comercio Interior de del gobierno nacional, condenando a las empresas cuyo principal accionista hoy es el Grupo Clarín a pagar 2,5 millones de pesos cada una por conducta monopólica.
La Corte Suprema confirmó la sentencia
Ahora, tras idas y venidas en las diferentes instancias judiciales, finalmente la Corte Suprema de Justicia de la Nación, e INFORME DIGITAL accedió en forma exclusiva al fallo (Ver: Fallo de la Corte Suprema....) que confirmó la sentencia de la Cámara Federal de Paraná, sancionando a las empresas infractoras "por su conducta monopólica", al disponer “condiciones limitantes a los abonados o potenciales abonados al servicio de televisión por cable”.
De esta manera, el órgano máximo de la Justicia argentina, obliga a las empresas a pagar la multa solidaria impuesta, cuya suma deberá estar disponible para el Estado cuándo este lo requiera. En tanto, este representa el primer fallo de este tipo en la capital entrerriana, en el que una empresa monopólica termina siendo condenada por una actividad desarrollada en contra de la ley de Defensa de la Competencia
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