La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de queja que presentó Cablevisión ante las disposiciones muniicpales que le obligaban bajar los cables tendidos sin autorización.
Después la empresa Cablevisión presentó recursos judiciales para frenar esta disposiciones. Ahora se cayó el último recursos judicial, la queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Cablevisión es la empresa monopólica del cable en Santa Rosa. Reúne a las dos históricas prestadoras de TV por cable de la ciudad: Multicanal (ex Difusora SRL, propiedad de Oscar Eyheramono y sus socios y del Grupo Clarín, posteriormente) y Pampa TV (propiedad de la familia Nemesio y del Grupo Hicks, después).
Cuando Cablevisión y Multicanal se fusionaron a nivel nacional, en el año 2007, en la mayor operación de absorción, las dos empresas locales quedaron en propiedad de un solo accionista.
La Municipalidad de Santa Rosa le otorgó en el año 2008 un permiso precario para instalar la fibra óptica, una renovación tecnológica que le permitirá brindar el servicio de televisión digital e internet. Pero después surgió que la empresa no contaba con licencia. Al mismo tiempo, a nivel nacional el enfrentamiento del Grupo Clarín con el Gobierno Nacional determinó una marcha atrás en la autorización de la fusión por parte de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.
Clarín pretendía que se anule la disposición 1.695/09, que le impide el tendido de fibra óptica en la capital provincial, pero además planteó una medida cautelar para que se suspendan los efectos de la misma normativa que le otorgaba un plazo a la empresa para bajar la fibra óptica y le advertía que en caso contrario se procedería a la desconexión. El STJ no hizo lugar a la medida cautelar.
Los planteos por el tendido de Cablevisión los hizo la Cooperativa Popular de Electricidad.
Cuando comenzó el conflicto, el municipio intimó a Cablevisión SA para que “en un plazo de quince días corridos proceda a desconectar toda conexión que hubiera realizado, cuyo tendido fue suspendido mediante Disposición Nº 1695/09, bajo apercibimiento de proceder el municipio por sí o por tercero a su desconexión a costa de la empresa”.
La comuna rechazó “el recurso presentado por Cablevisión SA, manteniendo la prohibición en la utilización del cableado, cuyo tendido fue suspendido por Disposición Nº 1695/09 para la prestación de cualquier servicio, hasta tanto no se dé cumplimiento a la Ordenanza Nº 2486/99 y resoluciones complementarias”.
“Por otra parte, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos constató, conforme la denuncia presentada por la Cooperativa Popular de Electricidad de Santa Rosa y actas de comprobación labradas por el propio municipio, el incumplimiento por parte de Cablevisión SA de las Disposiciones 1.695/09, 368/10 y Resolución del intendente Nº 329/10”, agregó. Por eso, se le corrió vista al Juzgado Municipal de Faltas, que aplicó una fuerte multa a la empresa a partir de la comprobación de las irregularidades.
Después el Grupo Clarín realizó planteos ante la Corte Suprema. Primero un recurso federal que fue rechazo y después el recurso de queja, que ahora corrió la misma suerte.
Todo esto se produce en el marco de la sanción de la Ley de Medios, con la que el gobierno pretende recortar el despliegue de medios audiovisuales (radio y televisión, abierta y por cable) del Grupo Clarín. Y además incorporar a otros sectores a sistema de medios, como las cooperativas que en la anterior ley de Medios (dictada durante la Dictadura MIlitar) tenian vedado el acceso a la propiedad de medios de comunicación.
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