La Corte se negó a paralizar el segundo concurso del CAM

Un abogado pretendía que fuera suspendido un proceso en trámite por vocalías del sur . A diferencia de lo que había resuelto respecto de otra aspirante, el alto tribunal no hizo lugar al pedido de Antoni Piossek.
Las impugnaciones contra los dos primeros concursos convocados por el Consejo Asesor de la Magistratura (aún no han concluido) siguen sumándose. Hasta el momento ascienden a nueve las demandas planteadas directamente ante la Corte Suprema de Justicia. Mientras tanto, el alto tribunal rechazó el dictado de la medida cautelar que había solicitado uno de los postulantes, Carlos Antoni Piossek. Este pretendía que, tal como lo dispuso respecto del proceso en marcha para la cobertura de cuatro cargos en la Cámara en lo Civil y Comercial Común de la capital, la Corte también suspendiera el concurso en trámite para la selección de dos vocales en la misma cámara de Concepción.

La petición de Antoni Piossek no corrió la misma suerte que la que hace ocho días había formulado María del Pilar Amenábar, quien logró que fuera paralizado -en forma precautoria- el proceso por los cargos de la capital mientras no sea resuelto el fondo de la cuestión planteada. La abogada, que cumple funciones como relatora en la propia Corte, requirió la nulidad del dictamen del jurado que ha corregido su examen en el concurso, así como la del acuerdo por medio del cual el CAM rechazó la impugnación que había entablado.

Al igual que como se hizo respecto de Amenábar, Antoni Piossek pretendía que la Corte ordenara al CAM que se abstuviera de seguir adelante con el concurso (de Concepción) en el que, pese a estar en juego dos cargos, sólo accedió a la entrevista la única postulante (María Isabel Bravo) que obtuvo -como mínimo- los 60 puntos exigidos. El letrado aspiraba a que la detención del proceso permitiera la producción de la prueba ofrecida -en relación con algunos de sus antecedentes profesionales y académicos- que, según asevera, el CAM no tuvo en cuenta en el momento de calificarlo.

Razones expuestas

En la resolución, la Corte no se refirió a su competencia para intervenir en el caso. Directamente esgrimió -en tres párrafos- las razones por las que correspondía no hacer lugar a la petición.

La sentencia fue firmada por René Goane, Alberto Brito y por el camarista Salvador Ruiz, que tuvo que intervenir debido a las excusaciones de Antonio Gandur y Claudia Sbdar (representantes de la propia Corte ante el CAM), y a que Antonio Estofán se encontraba de licencia. "La necesidad de que se configure el peligro de la frustración del derecho o la razón de la urgencia de la medida (cautelar) no se da en esta causa, dado que existe otro cargo vacante, respecto del cual no existe trámite para realizar propuesta alguna, toda vez que ninguno de los candidatos obtuvo los 60 puntos que permiten pasar a la tercera etapa del proceso de selección", afirmaron.

Como consecuencia, el concurso prosigue y el CAM podría elevar -al menos- una propuesta (la de Bravo) al gobernador para una de las dos vacantes del sur.

Comentá la nota