La Corte intimó a la Provincia y la Ceamse por relleno de Ensenada

Mientras el Gobernador deberá dar cuenta de dónde se localizará el nuevo polo ambiental y el tiempo para la puesta en marcha del plan “Basura Cero”, el organismo debe explicar por qué pidió ampliar el centro de disposición de Ensenada
La Suprema Corte bonaerense intimó este lunes al gobernador, Daniel Scioli, y a la Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado (Ceamse) para que en un plazo de cinco días informen sobre diversos puntos relacionados con el centro de disposición final de residuos del predio de Punta Lara, en el marco de la puesta en marcha del Plan “Basura Cero” y una causa iniciada por la ONG “Nuevo Ambiente”.

La medida apunta a conocer el lugar donde concretará localizará el nuevo polo ambiental en el momento del cierre del relleno de Ensenada, y el tiempo que tardará en concretarse el plan de gestión integral de residuos que encara junto a los municipios de la Región.

Además, pide a la Ceamse que explique por qué sería necesario expandir el relleno existente en Punta Lara, según lo solicitó hace cinco días, a fin de evitar seguir ampliando ese centro de disposición final de la basura.

Así, según la resolución del máximo tribunal, el Gobernador deberá informar sobre las decisiones adoptadas para la autorización, habilitación y apertura de centros de disposición final en la Región; si se ha determinado, con las previas evaluaciones de impacto ambiental correspondientes, un lugar apto para la localización de un nuevo polo ambiental y si se ha determinado algún lugar para su ubicación.

Además, la Provincia deberá brindar la información sobre el tiempo estimado para la concreción de un plan de gestión integral de residuos sólidos urbanos, encarado junto a los municipios.

SOBRE LA CEAMSE

Sobre la Ceamse, en primer término, el Tribunal calificó de “intempestiva” una presentación que el organismo realizó el 17 de agosto del corriente año, en la cual afirmó que en ocho meses estará completo el módulo D del relleno sanitario e informó sobre un proyecto de ampliación, el cual requiere obras de infraestructura que se deben iniciar a más tardar durante el corriente mes.

La Corte señaló que los convenios homologados por el Tribunal, que gozan de los efectos de la cosa juzgada, tuvieron por inequívoca finalidad el cierre definitivo del centro de disposición final de residuos que el Ceamse gestiona y administra en el predio de Punta Lara.

Luego de ello, la Suprema Corte ordenó que el organismo acredite los elementos que justificarían la necesidad de ampliación, en tanto en su presentación originaria no se acompañaron informes técnicos ni otro tipo de pruebas de respaldo.

Y también deberá informar si, teniendo en cuenta la cantidad de residuos que actualmente envían al predio de Ensenada los municipios de la Región, existe alguna alternativa técnica de solución diferente de la que plantea en su presentación; en particular, si la construcción y puesta en funcionamiento allí de una estación de transferencia, conforme los antecedentes agregados sobre el particular en el expediente, evitaría la expansión del módulo D.

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