El máximo Tribunal nacional hizo lugar a un recurso presentado por las empresas Petrobras y Tecpetrol por la caducidad de los yacimientos que el gobierno neuquino había decretado el pasado mes de abril.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió admitir su competencia originaria en las causas en las que se cuestionan las medidas de la administración neuquina por “arbitrarias e ilegales dado que achacan incumplimientos sustanciales (vinculados con la falta de producción e insuficiencia de inversión), que –según aducen- no son tales, ni contienen fundamentos de esa imputación”.
Las empresas, Petrobras y Tecpetrol, consideran que Neuquén ha ejercido en forma abusiva e ilegitima la facultad que le otorga el artículo 80, inciso c) de la ley 17.319, en el sentido de que la causal de nulidad o caducidad debe ser comprobada en el marco del “debido proceso legal”, y decidida mediante “resolución fundada”.
Cabe recordar que la “quita” de las concesiones que realizó el gobierno provincial se dio en el marco de una avanzada nacional de revisión de áreas hidrocarburífereas ociosas. En este marco también se le retiraron áreas, a las que luego fuera expropiada, Repsol-YPF. Luego estás fueron restituidas a YPF.
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