La Corte define si el caso López llega al tribunal de la Nación

El aspirante a juez fue seis veces vetado. Los legisladores oficialistas aguardan el rechazo del recurso para votar la designación de López Ávila. El amparista atacó el fallo de los vocales tucumanos
El tribunal que sentenció la derrota judicial de Carlos Eduardo López en Tucumán tiene que resolver si su caso puede o no ir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). Esa definición incidirá, a su vez, sobre el calendario de los legisladores alperovichistas, que este miércoles postergaron el tratamiento de la designación de Diego López Ávila como fiscal de Instrucción en lo Penal de la IV Nominación de esta capital.

La consigna es esperar a que quede firme el fallo de la Corte Suprema de Tucumán (CSJT) que rechazó el amparo de López en contra de ese nombramiento: en lo inmediato, aquello podría suceder si el alto tribunal desestima el recurso extraordinario que el amparista interpuso contra la sentencia mencionada.

Sin suspensión

De manera previa a cualquier decisión, la Fiscalía de Estado (defiende a la Provincia) tendrá que contestar la apelación. Si la Corte no hace lugar a la impugnación, el aspirante a juez seis veces rechazado por el gobernador José Alperovich aún tiene la posibilidad de acudir directamente a la CSJN formulando una queja por recurso extraordinario denegado (que, en principio, no suspende los efectos del fallo apelado). Si ese recurso tampoco prospera o si el máximo tribunal nacional confirma la resolución cuestionada, López puede todavía acudir al estrado supranacional: la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La historia comenzó el 7 de mayo con la elección de López Ávila, segundo de la terna que encabeza el amparista. Y prosiguió con la medida cautelar que paralizó la designación de López Ávila y que dictó la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Luego, la CSJT declaró su competencia exclusiva y originaria sobre este asunto. A continuación, un tribunal de recusación habilitó a todos los vocales de la Corte (con excepción de Daniel Posse, que se excusó porque es hermano del fiscal de Estado, Jorge Posse Ponessa) para juzgar en este caso.

La sentencia de la CSJT del 28 de junio consideró que López no había probado que el PE lo discrimina por haber sido secretario de la extinta Fiscalía Anticorrupción que investigó a Alperovich y a su entorno. La resolución, además, descartó que el gobernador deba fundar sus actos de designación de jueces e interpretó que el carácter vinculante de la propuesta que confecciona el CAM -dispuesto en la Carta Magna de 2006- no obliga al PE a elegir al primero del terceto. Según la Corte local, ese término indica que el Gobierno sólo puede cubrir vacantes con los ternados.

Con el patrocinio de Julio Rougés y Alcy García Romano, López recurrió aquel fallo aduciendo que es arbitrario. "Como en la conocida fábula del rey desnudo, nos hallamos ante un caso donde -según lo destaca cotidianamente el principal diario de la provincia- toda la comunidad tucumana sabe lo que la Suprema Corte con candor desconoce: que soy invariablemente excluido por haber sido secretario en la fiscalía que en su momento investigó al alperovichismo", manifestó.

López criticó a la Corte por actuar desoyendo la razón, la justicia y los hechos notorios: "adujo que el PE dispone de facultades discrecionales, que este margen era aún mayor antes de la reforma de la Constitución; que la discrecionalidad exime del deber de motivar los actos; que hay países en los cuales no existe el Consejo de la Magistratura y un largo etcétera. Aunque no lo formula explícitamente, la posición de la CSJT avala que una persona pueda ser fragrante y constantemente discriminada".

Derecho público

El recurso negó que el asunto planteado en el amparo sea de Derecho Público Provincial -materia que la CSJN es renuente a revisar- o categorizable como una cuestión política no justiciable (es decir, no susceptible de control judicial) e insistió en que la potestad discrecional del acto de designación de un juez nunca puede devenir en arbitrariedad.

La apelación cuestionó también que, en el primer contacto con la prensa tras el fallo, Alperovich haya lucido una corbata de Los Tarcos: "fui socio de ese club y renuncié tras el escándalo suscitado por el respaldo que me dio un grupo de jugadores... Lamento traer a esa Suprema Corte cuestiones domésticas que parecen nimias -no porque el gobernador elija la corbata de un club al que nunca perteneció, sino por su simbolismo-, pero evidencian la inverecundia del poder en Tucumán".

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