La Corte Suprema de Justicia requirió a la Secretaría de Ambiente de la Nación que le informe en el plazo de diez días hábiles cuál es el estado de avance de las acciones impulsadas para la protección del ecosistema Cuenca Salí-Dulce, con particular atinencia a la contaminación que se denuncia en el Dique Frontal del Embalse de Las Termas de Río Hondo,
El máximo cuerpo de Justicia también resolvió no hacer lugar a la medida cautelar que interpuso Santiago del Estero para que se paralice la producción de bioetanol o cualquier tipo de alcohol que tenga como subproducto la vinaza, en los ingenios tucumanos.
“Aparece prematuro impartir una orden de la naturaleza pretendida sin siquiera haber oido a las partes interesadas; ello, claro está, sin perjuicio de las medidas que pudieran adoptarse en el futuro en el caso de aparecer como necesarias”, se explicó en el fallo.
El primer dictamen que emite la Corte sobre la contaminación provocada por los ingenios tucumanos lleva las firmas de Ricardo Luis Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Santiago Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.
La denuncia fue promovida por el fiscal de Estado, Raúl Abate, y el defensor del Pueblo de Santiago del Estero, Martín Díaz Achával, en contra de la compañías azucareras Concepción SA (Ingenio Concepción) y Los Balcanes SA (Ingenio La Florida) por el vuelco de vinaza sobre los afluentes que conforman la cuenca Salí Dulce.
Precisamente, Díaz Achával estuvo ayer en el dique de Las Termas para verificar la mortandad de peces.
“Vamos a elevar un informe de las dos masivas mortandades de peces a la Corte”, indicó el funcionario.l



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